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El Gobierno crea el "banco malo" con un plazo de 15 años para vender los activos tóxicos


SERVIMEDIA.-El Consejo de Ministros aprobó este viernes el esquema de la Sociedad de Gestión de Activos (SGA), conocido como "banco malo", en el marco del real decreto de reforma financiera, si bien queda a expensas de un desarrollo reglamentario posterior más detallado.
Nace con vocación temporal que, según explicó el ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos, será de entre 10 y 15 años, plazo que considera suficiente para conseguir generar valor con los activos que se integren en el mismo.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, apuntó que en el decreto se establecen los "principios fundamentales" del "mal llamado banco malo", pues lo que se incluirá en él "no es tan malo".

De Guindos apuntó que se quiere que sean inversores privados quienes tengan una participación mayoritaria en el capital de sociedad, y que, por tanto, la del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (Frob) sea "mínima".

El ministro explicó además que el Frob "tendrá capacidad para obligar al traspaso de esos activos a las entidades con ayudas".

La SGA podrá adoptar la forma de sociedad anónima o fondo fiduciario, y se trata de un instrumento que permitirá sacar del balance determinados activos problemáticos de las entidades que reciban apoyo público para facilitar así su saneamiento y viabilidad.

De Guindos subrayó que los activos que se transferirán al "banco malo" van a ser "fundamentalmente" activos inmobiliarios, "que son los que están sufriendo un mayor daño, y los que obligan a una gestión compleja por parte de las entidades" cuando se las adjudican.

En concreto, "el núcleo central de los activos será el crédito promotor problemático", aclaró el responsable de Economía y Competitividad.

La transferencia es "únicamente "para aquellos bancos que tenga ayudas públicas, según restablece en el memorando firmado con la Unión Europea.

Así, el titular de Economía señaló que el tamaño de la sociedad "va a depender de los activos que se definan, cuáles serán las entidades ayudadas y la valoración que se haga de estos activos".

Respecto a las valoraciones, indicó que habrá una metodología pública, a efectos de cuál es el precio que tiene que pagar la sociedad de gestión de activos.

INTERVENCIÓN DE ENTIDADES

En el decreto establece también tres etapas o niveles de intervención. La primera recoge medidas de actuación temprana previstas para entidades que pueden ser viables por sus propios medios pero que pueden requerir una ayuda excepcional y transitoria a través de instrumentos convertibles en acciones ("cocos"), a devolver en un plazo de dos años.

La segunda etapa se establece para casos de reestructuración de entidades que presentan "debilidades transitorias" que pueden ser superadas mediante la inyección de fondos públicos.

Por último, se ha fijado un proceso de resolución ordenada, con el que se procederá a la venta del negocio, la transmisión de los activos o pasivos buenos a un "banco puente" y la transmisión de los tóxicos al "banco malo".

En este caso, el Frob procederá a la enajenación de las acciones ordinarias o participaciones en el capital social de las entidades en el plazo máximo de cinco años.

Por otra parte, el decreto refuerza las competencias del Frob que, junto con el Banco de España se configura como la institución encargada de la reestructuración y resolución de entidades de crédito. Para ello, se le dará una dotación en los Presupuestos Generales si bien también podrá financiarse con terceros con un límite que para 2012 se fija en 120.000 millones de euros.

Además, tendrá una comisión rectora formada por representantes del Ministerio de Economía y Competitividad, de Hacienda y Administraciones Públicas y Banco de España y contará con un director general con plenas funciones ejecutivas.

PREFERENTES

Respecto a los productos complejos como preferentes y deuda subordinada, el Gobierno ha fijado la inversión mínima en 100.000 euros, en el caso de las sociedades no cotizadas, y de 25.000 euros, en el de las cotizadas el mínimo. Ello para proteger "al pequeño inversor" y ofrecer "todo tipo de cautelas" a los inversores.

Además, se refuerzan los poderes al respecto de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y se pedirá a los clientes minoristas "no idóneos" que escriban de su "puño y letra" que han sido advertidos de que el producto "no les resulta conveniente".

Sin embargo, los que actualmente tienen este tipo de productos deberán asumir pérdidas porque su canje será a precio de mercado más un máximo de un 10% de más.

Otro de los puntos que recoge este real decreto, definido por la vicepresidenta como una medida "imprescindible" que "culmina la reforma del sector financiera", es que las entidades de crédito españolas deberán cumplir, a 31 de diciembre de 2012 y, al menos, hasta finales de 2014, un coeficiente de capital principal de al menos un 9%.

Por último, este real decreto fija en 500.000 euros el nuevo tope a la retribución fija por todos los conceptos de presidentes ejecutivos, consejeros delegados y directivos de las entidades que, sin hallarse mayoritariamente participadas por el Frob, reciban apoyo financiero. El titular de Economía aseguró que con esta reforma se asientan las bases para que "no se reproduzcan crisis como las que hemos vivido".




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