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Tráfico denuncia a casi 25.000 conductores en una semana por exceso de velocidad

El 68% en carreteras convencionales y travesías

Control de la Guardia Civil de Tráfico | Foto: DGT

Agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil han denunciado en una semana a 24.486 conductores por exceso de velocidad, el 68% de ellos en carreteras convencionales y travesías, y siete fueron puestos a disposición judicial por exceder en más de 80 km/h la velocidad permitida.

Esas denuncias se pusieron en el marco de una campaña de vigilancia y control de la velocidad realizada por la Dirección General de Tráfico (DGT) del 1 al 7 de abril, periodo en que los agentes establecieron 2.745 puntos de control de velocidad y controlaron 572.174 vehículos, cerca de 116.000 más que en la misma campaña del año pasado, según informó este sábado el organismo dirigido por Pere Navarro.

En esos siete días hubo 24.486 conductores infractores y denunciados por pisar el acelerador más de lo permitido. A un 42% de ellos (concretamente, 10.246) se les notificó la denuncia en el momento al ser parados e informados por los agentes de tráfico.

Un 4,4% de los vehículos controlados en carreteras convencionales fueron denunciados por exceso de velocidad, al igual que un 3,9% en autopistas y autovías.

Siete de los conductores denunciados incurrieron en un delito contra la seguridad vial y fueron puestos a disposición judicial por exceder en más de 80 km la velocidad permitida en la vía, según se recoge en el Código Penal.

Debido al alto porcentaje de accidentes que se producen en las carreteras convencionales (las que disponen de un único carril en cada sentido), Tráfico ha reforzado los controles en este tipo de vía, tanto con radares estáticos como dinámicos. No en vano, el 68% de las infracciones se detectaron en vías convencionales y travesías.

Cuando los controles se han realizado con el radar embarcado en el vehículo y circulando, la velocidad media a la que circulaban los conductores denunciados en las carreteras convencionales fue de 129 km/h, lo que supone casi 40 km/h por encima del límite genérico permitido.

A estos resultados hay que sumar los controles que las distintas policías autonómicas y locales han realizado en su ámbito de competencia, de los cuales la DGT aún no dispone de datos.

LEGISLACIÓN

La Ley de Seguridad Vial y el Reglamento General de la Circulación fijan la normativa aplicable a los límites genéricos y específicos de velocidad, velocidad en adelantamiento y distancias entre vehículos.

El incumplimiento de estas normas está tipificado como infracción grave o muy grave, lo que conlleva una sanción con multa de 100 a 600 euros.

Además, el artículo 379 del Código Penal estipula que “el que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años”.

El sistema de permiso por puntos contempla la pérdida entre dos y seis puntos por este tipo de infracción, dependiendo del exceso de velocidad cometido.


(SERVIMEDIA)




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