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La cultura de la abstención en España

OPINIÓN de Daniel del Valle-Inclán Rodríguez de Miñón* 
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Quizás hayan pasado desapercibidos, pues hay cuestiones y problemas mucho más trascendentes por los que preocuparse, los resultados electorales de los últimos comicios celebrados en Galicia y en el País Vasco. Sin embargo, no podemos obviar el hecho de que han sido las primeras elecciones, y esperemos que las últimas, celebradas bajo los efectos de esta pandemia global que sigue descontrolada, como ponen de manifiesto las inasumibles muertes que a diario sigue provocando y los brotes que particularmente se dan en España.
Tras las victorias, que no por esperadas dejan de ser noticia, del Partido Popular (PP) en Galicia y del Partido Nacionalista Vasco (PNV) en el País Vasco, se encuentran unos datos que merecen ser objeto de análisis y atención. Me refiero al absentismo en ambos comicios.
En el caso de Galicia un 41,12%, mientras que en el País Vasco ha sido de un 49,22%.
Respecto a las elecciones celebradas en 2016, son cinco puntos menos en el caso de Galicia y diez puntos más en el caso del País Vasco. Al albur de estas cifras surgen opiniones no tan derrotistas que consideran que, dadas las circunstancias excepcionales vividas, no son tan alarmantes. Otros se llevan las manos a la cabeza pues el histórico de participación pone de manifiesto que estas cifras se mantienen más altas de lo deseable.
Bien es cierto que tomo como muestra las elecciones autonómicas gallega y vasca, pero si se escalan los datos al ámbito nacional puede comprobarse que, desde las elecciones democráticas de 1977 hasta las más recientes, en noviembre de 2019, en un total de 20 procesos electorales, 7 han superado el 30% de abstención, 3 se han situado entre el 25% y el 30%, y 5 entre el 20% y el 25%.
Este somero análisis podría concretarse mucho más si tomamos como referencia la circunscripción electoral por antonomasia, es decir, la provincia.
¿Qué está ocurriendo? Arrastramos históricamente una cultura de la abstención que da como resultado que, a la hora de ir a las urnas, más de un cuarto de los ciudadanos con derecho a voto prefieran no hacerlo por diferentes motivos: hartazgo, hastío, indiferencia, desafección, etc. Un porcentaje de abstención alto representa el descontento de los ciudadanos con el sistema y su clase política.
En términos práctico-electorales la abstención no modifica los resultados pues, al no haber voto, ésta no se suma. Sin embargo, surgen voces críticas en cuanto al hecho de que una alta abstención podría acarrear una mengua de la legitimidad de los resultados y que el Gobierno que salga de las urnas sea menos representativo.

¿Qué soluciones se pueden poner en práctica?

Comencemos por mirar fuera de España. No hace falta ir muy lejos para identificar cinco países miembros de la Unión Europea donde apenas hay abstención por una razón muy sencilla: el voto es obligatorio. Se trata, concretamente, de Bélgica, Bulgaria, Chipre, Grecia y Luxemburgo.
En alguno de estos Estados no votar conlleva una sanción pecuniaria. En Luxemburgo, aquellos que no voten por primera vez pueden pagar entre 100 y 250 euros, y, si se reincide, entre los 500 y los 1 000 euros. La página web Oficina del Parlamento Europeo en España así lo recoge en un comunicado de prensa fechado en mayo de 2019.
Lo más llamativo es que esta misma fuente considera el caso de España como la antítesis de la obligatoriedad del voto, ya que la Junta Electoral Central entiende que la abstención es una opción tan legítima como el ejercicio del derecho al sufragio, reconocido en el artículo 23 de la Constitución.
Los poderes públicos sólo pueden realizar una campaña para informar a los ciudadanos sobre la fecha electoral, el procedimiento para votar y los requisitos y trámites del sufragio por correo, “sin llamar activamente al voto”.
Lo paradójico es que esto último se incumpla sistemáticamente pues la participación ha pasado a ser un vector fundamental para medir el éxito de cada uno de los partidos y éstos, en campaña, no dejan de “concienciar” al electorado sobre la necesidad de que acudan a las urnas.
Más allá del ámbito geográfico de la Unión Europea, encontramos más ejemplos de países donde el voto es obligatorio. Así es en Argentina, Australia, Bolivia, Brasil, Ecuador, Egipto, Honduras, Líbano, Nauru, Panamá, Paraguay, Perú, República Democrática del Congo, República Dominicana, Suiza, Singapur, Tailandia y Uruguay. En el caso particular de Ecuador, no acudir a las urnas acarrea una multa que asciende al 10% del salario básico, fijado en unos 400 dólares estadounidenses.
En este punto surgen varios interrogantes cuyas respuestas son cuanto menos complejas: ¿Se podría establecer el ejercicio obligatorio de un derecho en aras de garantizar su pleno disfrute?, ¿existe algún derecho cuyo ejercicio sea obligatorio so pena de sanción?, ¿es el voto simplemente un derecho o se podría ir más allá y vincularlo con una obligación más de las muchas que tenemos como ciudadanos?, ¿qué consecuencias distintas se derivan para el ciudadano si ejercita o no un derecho inalienable como es el del voto?

Fórmula mixta

Otra propuesta para reducir los niveles de abstención consistiría en “facilitar” el ejercicio del voto, y así reforzar la cultura y el compromiso político de la ciudadanía.
En la apuesta de España por la digitalización, se podrían articular mecanismos de voto electrónico en períodos más amplios que el vigente domingo electoral. Se mantendría para aquellos que prefieran depositar su voto de forma presencial y se podría abrir un plazo previo para el ejercicio telemático del derecho a voto, sin tener que pasar por el colegio electoral.
Todo, eso sí, bajo la premisa conjunta de transparencia y tecnología que garantice la legalidad del proceso. Al fin y al cabo, y salvando las distancias, ¿no se ha votado ya de forma telemática en el Congreso de los Diputados?
Las dudas surgen al mencionar la posibilidad de modificar la Ley Electoral, pues requeriría de una mayoría absoluta respaldada por partidos políticos que, como algunos vaticinan, no van a tirar piedras contra el “tejado legal” que les cobija y beneficia en el reparto final de escaños.

*Daniel del Valle-Inclán Rodríguez de Miñón, Profesor de Derecho, Universidad Camilo José Cela




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