AI: La resoluci贸n de un tribunal de Bruselas sobre lapublicidad basada en el seguimiento, una gran victoria para elderecho a la privacidad
El Tribunal de Apelaci贸n de Bruselas ha dictado una resoluci贸n en la que establece que el modelo de consentimiento que sustenta la publicidad basada en el seguimiento por parte de las grandes empresas tecnol贸gicas como Google, Microsoft, Amazon y X en Europa es incompatible con la legislaci贸n de protecci贸n de datos de la UE. En respuesta a ella, Hannah Storey, asesora de pol铆tica de Amnist铆a Internacional sobre Tecnolog铆a y Derechos Humanos, ha declarado:
“Es una gran victoria para el derecho a la privacidad, y un mensaje claro de que las empresas tecnol贸gicas deben abandonar la publicidad basada en la vigilancia y sustituirla por un modelo que respete m谩s los derechos”.
“La pr谩ctica de recopilar y procesar nuestros datos utilizando el Marco de Transparencia y Consentimiento (TCF), utilizado actualmente para la mayor parte de la publicidad online, no es compatible con el derecho a la privacidad. Esta sentencia es un importante punto de inflexi贸n en la lucha contra un modelo empresarial que viola los derechos.
Hannah Storey, asesora de pol铆tica de Amnist铆a Internacional sobre Tecnolog铆a y Derechos Humanos
“La publicidad online est谩 sustentada por una ‘oferta en tiempo real’. Este sistema recopila informaci贸n personal nuestra, como qu茅 leemos, qu茅 escuchamos o d贸nde estamos, y puede deducir cuestiones personales como nuestros gustos, nuestras preferencias sexuales y nuestro estado de salud.”
“Cada vez que cargas un sitio web, esta informaci贸n personal se comparte con miles de empresas que a continuaci贸n hacen una oferta para mostrarte un anuncio publicitario sin que exista un control adecuado sobre tu informaci贸n, y eso constituye una violaci贸n masiva de la privacidad.”
“Las grandes empresas tecnol贸gicas han tratado de alegar que est谩n cumpliendo elReglamento general de protecci贸n de datos, una ley de la UE sobre privacidad digital promulgada en 2016 para mejorar la protecci贸n de datos y la privacidad de las personas, pues utilizan el Marco de Transparencia y Consentimiento (TCF) —consistente en solicitar mediante meras ventanas emergentes nuestro consentimiento para esta invasi贸n de la privacidad—, pero esta resoluci贸n muestra que este modelo no es suficiente.”
El 14 de mayo, el Tribunal de Apelaci贸n de Bruselas resolvi贸 que el modelo de consentimiento utilizado por las empresas de publicidad online basado en el seguimiento es ilegal en virtud de la legislaci贸n de la UE sobre privacidad. La resoluci贸n establece que el Marco de Transparencia y Consentimiento no cumple los requisitos del Reglamento general de protecci贸n de datos relativos a la transparencia y el consentimiento del usuario.