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Las mujeres inmigrantes maltratadas que denuncien no serán expulsadas

Madrid. AmecoPress.- El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó ayer la Ley Orgánica 10/2011, de 27 de julio, de modificación de los artículos 31 bis y 59 bis de la Ley de Extranjería, que mejora la protección de extranjeras víctimas de violencia machista o de redes de trata y explotación sexual. A partir de mañana, no se incoará expediente administrativo sancionador, que puede acabar en expulsión, a las mujeres extranjeras en situación irregular, víctimas de violencia de género y que denuncien a su agresor.

El objetivo de la reforma es establecer unas condiciones legales más propicias a las mujeres inmigrantes que se atrevan a denunciar a sus agresores, según señala el preámbulo de la Ley.

Hasta la fecha, las mujeres extranjeras en situación administrativa irregular víctimas de violencia de género se encontraban con la amenaza de que se les abriera un procedimiento de expulsión si presentaban una denuncia en comisaría.

A partir de esta ley las mujeres inmigrantes maltratadas podrán solicitar una autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales a partir del momento en que se hubiera dictado una orden de protección a su favor o informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de violencia de género. Dicha autorización no se resolverá hasta que concluya el procedimiento penal.

También podrán solicitar un permiso de residencia para sus hijos e hijas menores de edad o con discapacidad y de trabajo en caso de que fueran mayores de 16 años y se encuentren en España en el momento de la denuncia.

Amnistía Internacional y la Red Española contra la Trata de Personas valoraron positivamente los avances conseguidos con la aprobación de esta ley, el pasado 14 de julio. “Con la aprobación de la reforma de los artículos relativos a la protección de las víctimas de violencia de género y trata de seres humanos de la Ley de Extranjería, el Estado español da un paso adelante para eliminar las trabas que están encontrando estas víctimas para disfrutar de una protección efectiva cuando se encuentran en situación irregular en nuestro país”, señaló Virginia Álvarez, responsable de Política interior de Amnistía Internacional España.

Víctimas de trata

La modificación del artículo 59 bis persigue ampliar la protección a las víctimas de trata de seres humanos para facilitar que éstas colaboren con las autoridades en la investigación de sus explotadores. Así, cuando las mujeres decidan acogerse al periodo de 30 de días de reflexión para decidir si colabora, se amplía la protección no sólo a hijos, hijas y familiares, sino también a personas de su entorno que se puedan ver afectadas por la decisión de denunciar.

En relación con las víctimas de trata, la Red Española contra la Trata de Personas lamenta que las modificaciones sobre protección a estas víctimas se recojan sólo en la Ley de Extranjería. “Es necesario que el Estado español responda a las obligaciones de prevenir y perseguir este delito, pero sobre todo es imprescindible que proteja y atienda a las víctimas. Las mejoras son un paso, pero se debe incorporar al marco legislativo español lo previsto tanto en el Convenio contra la Trata de Personas del Consejo de Europa como en la recién aprobada Directiva europea”, declaró Marta González, Coordinadora de Proyecto Esperanza, una de las entidades que forman parte de la Red, junto a otras veinte organizaciones.




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