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Entregan en Argentina cartas a la Corte Suprema de Justicia de la Nación por la libertad de Milagro Sala



El Comité por la Libertad de Milagro Sala entregó este jueves cientos de cartas a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) en Argentina para exigir a los magistrados que liberen a la diputada del Parlasur, privada de su libertad en Jujuy desde enero de 2015.





Defensa de Milagro Sala recurrió a la Corte en causa por escrache

La defensa de Milagro Sala presentó un Recurso Extraordinario ante la Corte Suprema contra la resolución de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal que confirmó la pena a tres años de prisión en suspenso contra la diputada del Parlasur en una causa en la que se la apuntó como "instigadora" de un "escrache".

La defensa señaló que la sentencia dictada el 22 de junio pasado es "arbitraria" y que se opone a cláusulas constitucionales. Los letrados cuestionaron que los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Juan Carlos Germigniani hayan calificado el delito de amenazas por el que habían sido juzgadas Milagro Sala y Graciela López como "coactivas", cuando durante todo el proceso, incluso la parte acusadora, las había calificado como "simples".

La defensa de Sala también consideró que la Cámara vulneró de esa manera el principio de inocencia que corresponde a todo ciudadano. Esa situación, argumentó, impidió que la dirigente social detenida acceda a "la instancia de revisión que todo condenado tiene" porque, si bien en lo formal la instancia se cumplió, la actitud de la Cámara "la desvirtuó en la práctica".

Además, cuestionaron la resolución de la Cámara por considerar que "vulneró el debido proceso legal y el derecho de defensa en juicio de la diputada del Parlasur".

Para los defensores de Sala, en definitiva, la resolución de Hornos, Borinsky y Germigniani es arbitraria porque, tal como establece la jurisprudencia, "los jueces incurrieron en tres de los cinco supuestos de sentencia arbitraria: no decidieron sobre cuestiones planteadas; prescindieron de pruebas decisivas e invocaron pruebas inexistentes y sustentaron el fallo en afirmaciones dogmáticas e incurrieron en autocontradicciones".




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