El marco jurídico mexicano en materia energética, reformado en 2013 y 2014, entraña obstáculos estructurales para el ejercicio pleno de derechos humanos y el cumplimiento de varios Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), ya que da preferencia a las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos “sobre cualquier otra que implique el aprovechamiento de la superficie y del subsuelo de los terrenos afectos a aquéllas”, estableciendo para ello una serie de disposiciones legales, con instituciones y procedimientos específicos favorables a los proyectos energéticos (públicos, privados, nacionales y trasnacionales), algunos de los cuales emplean técnicas tan nocivas como la fractura hidráulica (fracking), sujeta a prohibiciones o moratorias en muchos otros países. Esto constituye una regresión en términos de la protección de derechos humanos y medio ambiente, y a la vez compromete seriamente la consecución de los ODS.