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Brasil: Derecho de las Comunidades Afrodescendientes al Propio Territorio

OPINIÓN de Bartolomé Clavero   

La Constitución Federal de Brasil reconoce el derecho de los quilombos o comunidades de afrodescendientes a su propio territorio. Sé que no es esto tan categórico lo que suele afirmarse, pero tal reconocimiento se encuentra en el llamado Acto de las Disposiciones Constitucionales Transitorias que tiene un valor tan constituyente como el de la misma Constitución o, dicho mejor, que forma parte de la norma constitucional aunque se promulgase aparte como especie de apéndice. El calificativo de transitoriedad no significa que el Acto sea de efectos temporales, sino que acude a regular la transición al sistema constitucional con las consiguientes consecuencias duraderas. No hubo diligencia en efectuar la transición a favor de los quilombos, pero se está activando desde hace una década. El reconocimiento del derecho quilombola se ha reforzado además por el que también adviene gracias al sistema interamericano de derechos humanos. Pese a todo, el partido político que ahora se autodenomina Demócratas, el anterior Partido del Frente Liberal de persuasión demócrata cristiana, recurre a la justicia contra el derecho quilombola al territorio.

Esta semana, el miércoles día 18, el Supremo Tribunal Federal va a ocuparse del caso.
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