OPINI脫N de Rolando D'Alessandro.- El golpe de Estado protagonizado por el general Franco el 18 de julio de 1936 cont贸 desde el principio con el apoyo militar de la Italia fascista y la Alemania nazi. La aviaci贸n de estas dos potencias permiti贸 establecer el puente a茅reo que traslad贸 las tropas sublevadas de Marruecos a la pen铆nsula, primer episodio de una participaci贸n decisiva para el desenlace final: casi 100 000 soldados y una cantidad ingente de material de guerra (artiller铆a, submarinos y buques de guerra, tanques y veh铆culos de transporte, servicio de cartograf铆a, suministro de municiones y combustible, m谩s de 1 350 aviones…).
Tuvo especial relevancia la aportaci贸n de la Aviazione Legionaria y de la Legion Condor. En aplicaci贸n de teor铆as formuladas en 谩mbitos militares italianos (Giulio Douhet: Il dominio dell’aria), los pilotos fascistas llevaron a cabo durante la guerra una campa帽a sistem谩tica de ataques contra la “retaguardia”, inaugurando en Barcelona la t茅cnica de los bombardeos de saturaci贸n, dirigidos expl铆citamente contra la poblaci贸n civil para castigar y debilitar la capacidad de resistencia de todo un pueblo: centenares de incursiones a茅reas, miles de muertos, destrucci贸n de infraestructuras civiles y viviendas.
Setenta y tres a帽os m谩s tarde, un colectivo de italianos residentes en Catalunya y dos v铆ctimas de los bombardeos de la Barceloneta presentan una demanda criminal por aquellos hechos, redactada por el abogado Jaume Asens, en la Audiencia Nacional, que se declara “incompetente territorialmente”. El recurso es rechazado el 5 de septiembre de 2012.
El 1 de junio de 2012 se presenta la querella ante los tribunales de Barcelona. El 13 de junio, el Juzgado de Instrucci贸n la archiva por un defecto de forma, ya que “no se especifican con la necesaria precisi贸n los autores de los cr铆menes” (sic). El 23 de enero de 2013, la Audiencia Provincial de Barcelona ordena reabrir la investigaci贸n sobre los hechos denunciados. Es la primera querella criminal que la justicia espa帽ola admite a tr谩mite por delitos perpetrados durante la Guerra Civil.
Requeridas por los organismos judiciales catalanes, las autoridades italianas aplican la conocida t茅cnica delcatenaccio, retrasando al m谩ximo cualquier tr谩mite e investigaci贸n con tal de que, tras la muerte de los 煤ltimos aviadores, la causa penal quede archivada. La prensa italiana apenas se hace eco de la iniciativa. Comienza entonces una fase de estancamiento de la v铆a judicial, a punto de concluir, cinco a帽os despu茅s, sin ninguna sentencia y entre la indiferencia general.
En todo el proceso ha destacado la ausencia de las instituciones pol铆ticas catalanas (Ayuntamiento de Barcelona, Generalitat de Catalunya) que, pase a haber sido invitadas por el auto de la Audiencia Provincial de Barcelona, se negaron a presentarse como parte activa en la causa. En el Ayuntamiento de Barcelona, Iniciativa per Catalunya-Verts (ICV) y Esquerra Republicana de Catalunya (ERC), una vez en la oposici贸n, tramitaron mociones de apoyo a la iniciativa judicial. Fuentes del colectivo de querellantes italianos denunciaron de todos modos la falta de colaboraci贸n e incluso el obstruccionismo con que estos y los dem谩s partidos de izquierda, as铆 como el Memorial Democr脿tic, hab铆an respondido a todas las peticiones de apoyo durante la fase de presentaci贸n de la iniciativa judicial.
Esta pasividad se ha visto superada ahora por la decisi贸n del actual consistorio barcelon茅s de presentarse como acusaci贸n particular en la querella. En el comunicado en que anuncia esta decisi贸n, el gobierno de la ciudad tambi茅n comunica su apoyo a la querella argentina contra los cr铆menes del franquismo y la aprobaci贸n de una declaraci贸n institucional que insta al Estado italiano a pedir formalmente perd贸n por la intervenci贸n fascista. Pese a ello, sigue siendo llamativa la tibieza de las reacciones pol铆ticas y medi谩ticas a esta primera –y de momento 煤nica en todo el Estado– actuaci贸n legal por la persecuci贸n de los cr铆menes del franquismo. Un vac铆o de absoluta impunidad que representa una anomal铆a escandalosa en el 谩mbito europeo occidental.
Deuda de guerra
Una parte de esta anomal铆a radica en la ausencia de cualquier reclamaci贸n dirigida, por parte de las instituciones democr谩ticas del Estado espa帽ol, a las potencias extranjeras agresoras por los da帽os infligidos a la poblaci贸n y al territorio de la Rep煤blica. Una anomal铆a, ya que despu茅s de la segunda guerra mundial, tanto Alemania como Italia se vieron obligadas a resarcir a todos los pa铆ses v铆ctimas de sus pol铆ticas imperialistas. En febrero de 1947, Italia perdi贸 partes de su territorio (que tuvo que ceder a Yugoslavia, Francia y Grecia) y sus colonias y tuvo que desmantelar gran parte de su ej茅rcito, cediendo los nav铆os m谩s modernos, y pagar compensaciones econ贸micas, concretamente 125 millones de d贸lares-oro a Yugoslavia; 105 millones a Grecia; 100 millones a la Uni贸n Sovi茅tica; 25 millones a Etiop铆a y 5 millones a Albania.
Con Egipto hubo un acuerdo separado –ya que en este caso no hab铆a habido una declaraci贸n formal de guerra antes del inicio de las hostilidades en su territorio–, en virtud del cual Italia se comprometi贸 a desembolsar un importe de 4,5 millones de libras esterlinas. Con Libia, el contencioso por la ocupaci贸n del pa铆s por parte de Italia entre los a帽os 1912 y 1947 concluir铆a… el 6 de febrero de 2009, con el tratado de Bengasi. En este, Italia se comprometi贸 a construir infraestructuras por valor de 5 000 millones de d贸lares durante 20 a帽os.
Por su parte, los tribunales italianos persiguieron, hasta el a帽o 2010, por iniciativa de familiares de v铆ctimas de masacres, a miembros de las SS, dictando condenas a los culpables directos y el reconocimiento de la responsabilidad civil del Estado alem谩n. Sin resultado, ya que el gobierno alem谩n se ampar贸 en los mismos tratados internacionales que le permitieron eludir sus responsabilidades con Grecia.
El 12 de septiembre de 2012, los representantes griegos recordaron a Alemania la existencia de una deuda por los da帽os infligidos a su pa铆s por las tropas nazis durante la segunda guerra mundial. Apuntaron incluso la cifra de 300 000 millones de euros. Berl铆n respondi贸 que el asunto de las reparaciones de guerra hab铆a quedado cerrado en 1990 con el Zwei-plus-Vier-Vertrag (tratado 2+4), tratado firmado con las potencias aliadas con motivo de la reunificaci贸n de Alemania.
En cuanto al Estado espa帽ol, en 1994 Alemania acord贸 conceder una reparaci贸n simb贸lica de 12 millones de marcos a Gernika, aunque al final se limit贸 en 1998 a enviar un mensaje del presidente Roman Herzog a la ciudadan铆a de la ciudad vasca. En resumen, por la intervenci贸n de su pa铆s en la guerra de Espa帽a, los responsables alemanes dieron por liquidado el tema con unas cuantas frases solemnes. Italia se niega incluso a esto.
Fundamentos de una exigencia de reparaci贸n
Italia y Alemania, como Estados, deber铆an asumir, conforme al derecho internacional, las responsabilidades institucionales que les corresponden:
-por la violaci贸n de tratados y convenios internacionales vigentes en la 茅poca, empezando por el de no intervenci贸n;
-por los cr铆menes de guerra y contra la humanidad cometidos y para los cuales no se puede invocar la inmunidad de los Estados, tal como recoge la sentencia 238 del Tribunal Constitucional italiano;
-por el principio de pacta tertiis nec nocent nec presunt: los pueblos del Estado espa帽ol agredidos no estuvieron representados por ning煤n Estado leg铆timo y por tanto no est谩n sujetos a decisiones tomadas por terceros.
Los da帽os humanos y materiales causados directamente por las aviaciones y artiller铆as alemanas e italianas y sus cuerpos expedicionarios fueron ingentes, directos y diferidos, al abrir la puerta a la larga noche franquista. Pero tambi茅n hubo el pago de la ayuda aportada por los nazi-fascistas al bando franquista: Hitler lo cobr贸 en el acto, mediante el suministro de materias primas procedentes de las minas de Asturias, mientras que Italia opt贸 por las letras, que el r茅gimen de Franco fue liquidando hasta la d茅cada de 1960 (es decir, durante los primeros 17 a帽os de la Rep煤blica democr谩tica italiana): 5 000 millones de pesetas.
En la Europa actual, marcada per la “ley de la deuda soberana” y por los nuevos vientos de guerra, ninguna propuesta “normalizadora” en el terreno de la memoria puede eludir los principios de “reconocimiento de responsabilidad, reparaci贸n y garant铆a de no repetici贸n”. Ahora, cuando ya quedan pocas v铆ctimas directas de la guerra y las del franquismo envejecen, y cuando los gobiernos herederos de las dictaduras europeas convierten en papel mojado –participando en aventuras militares o, en el caso de Italia, programando la compra de 90 aviones F-35, con un coste medio de 100 millones de euros cada uno– los art铆culos de sus constituciones que repudian solemnemente el recurso a la guerra, parece m谩s que justificada una exigencia de reparaci贸n que vaya m谩s all谩 de la simple ret贸rica.
*Rolando d’Alessandro es uno de los promotores de la querella contra Alemania e Italia por los cr铆menes de guerra y contra la humanidad cometidos por las fuerzas a茅reas de esos dos pa铆ses en el territorio de la Rep煤blica Espa帽ola.http://vientosur.info/
Tuvo especial relevancia la aportaci贸n de la Aviazione Legionaria y de la Legion Condor. En aplicaci贸n de teor铆as formuladas en 谩mbitos militares italianos (Giulio Douhet: Il dominio dell’aria), los pilotos fascistas llevaron a cabo durante la guerra una campa帽a sistem谩tica de ataques contra la “retaguardia”, inaugurando en Barcelona la t茅cnica de los bombardeos de saturaci贸n, dirigidos expl铆citamente contra la poblaci贸n civil para castigar y debilitar la capacidad de resistencia de todo un pueblo: centenares de incursiones a茅reas, miles de muertos, destrucci贸n de infraestructuras civiles y viviendas.
Setenta y tres a帽os m谩s tarde, un colectivo de italianos residentes en Catalunya y dos v铆ctimas de los bombardeos de la Barceloneta presentan una demanda criminal por aquellos hechos, redactada por el abogado Jaume Asens, en la Audiencia Nacional, que se declara “incompetente territorialmente”. El recurso es rechazado el 5 de septiembre de 2012.
El 1 de junio de 2012 se presenta la querella ante los tribunales de Barcelona. El 13 de junio, el Juzgado de Instrucci贸n la archiva por un defecto de forma, ya que “no se especifican con la necesaria precisi贸n los autores de los cr铆menes” (sic). El 23 de enero de 2013, la Audiencia Provincial de Barcelona ordena reabrir la investigaci贸n sobre los hechos denunciados. Es la primera querella criminal que la justicia espa帽ola admite a tr谩mite por delitos perpetrados durante la Guerra Civil.
Requeridas por los organismos judiciales catalanes, las autoridades italianas aplican la conocida t茅cnica delcatenaccio, retrasando al m谩ximo cualquier tr谩mite e investigaci贸n con tal de que, tras la muerte de los 煤ltimos aviadores, la causa penal quede archivada. La prensa italiana apenas se hace eco de la iniciativa. Comienza entonces una fase de estancamiento de la v铆a judicial, a punto de concluir, cinco a帽os despu茅s, sin ninguna sentencia y entre la indiferencia general.
En todo el proceso ha destacado la ausencia de las instituciones pol铆ticas catalanas (Ayuntamiento de Barcelona, Generalitat de Catalunya) que, pase a haber sido invitadas por el auto de la Audiencia Provincial de Barcelona, se negaron a presentarse como parte activa en la causa. En el Ayuntamiento de Barcelona, Iniciativa per Catalunya-Verts (ICV) y Esquerra Republicana de Catalunya (ERC), una vez en la oposici贸n, tramitaron mociones de apoyo a la iniciativa judicial. Fuentes del colectivo de querellantes italianos denunciaron de todos modos la falta de colaboraci贸n e incluso el obstruccionismo con que estos y los dem谩s partidos de izquierda, as铆 como el Memorial Democr脿tic, hab铆an respondido a todas las peticiones de apoyo durante la fase de presentaci贸n de la iniciativa judicial.
Esta pasividad se ha visto superada ahora por la decisi贸n del actual consistorio barcelon茅s de presentarse como acusaci贸n particular en la querella. En el comunicado en que anuncia esta decisi贸n, el gobierno de la ciudad tambi茅n comunica su apoyo a la querella argentina contra los cr铆menes del franquismo y la aprobaci贸n de una declaraci贸n institucional que insta al Estado italiano a pedir formalmente perd贸n por la intervenci贸n fascista. Pese a ello, sigue siendo llamativa la tibieza de las reacciones pol铆ticas y medi谩ticas a esta primera –y de momento 煤nica en todo el Estado– actuaci贸n legal por la persecuci贸n de los cr铆menes del franquismo. Un vac铆o de absoluta impunidad que representa una anomal铆a escandalosa en el 谩mbito europeo occidental.
Deuda de guerra
Una parte de esta anomal铆a radica en la ausencia de cualquier reclamaci贸n dirigida, por parte de las instituciones democr谩ticas del Estado espa帽ol, a las potencias extranjeras agresoras por los da帽os infligidos a la poblaci贸n y al territorio de la Rep煤blica. Una anomal铆a, ya que despu茅s de la segunda guerra mundial, tanto Alemania como Italia se vieron obligadas a resarcir a todos los pa铆ses v铆ctimas de sus pol铆ticas imperialistas. En febrero de 1947, Italia perdi贸 partes de su territorio (que tuvo que ceder a Yugoslavia, Francia y Grecia) y sus colonias y tuvo que desmantelar gran parte de su ej茅rcito, cediendo los nav铆os m谩s modernos, y pagar compensaciones econ贸micas, concretamente 125 millones de d贸lares-oro a Yugoslavia; 105 millones a Grecia; 100 millones a la Uni贸n Sovi茅tica; 25 millones a Etiop铆a y 5 millones a Albania.
Con Egipto hubo un acuerdo separado –ya que en este caso no hab铆a habido una declaraci贸n formal de guerra antes del inicio de las hostilidades en su territorio–, en virtud del cual Italia se comprometi贸 a desembolsar un importe de 4,5 millones de libras esterlinas. Con Libia, el contencioso por la ocupaci贸n del pa铆s por parte de Italia entre los a帽os 1912 y 1947 concluir铆a… el 6 de febrero de 2009, con el tratado de Bengasi. En este, Italia se comprometi贸 a construir infraestructuras por valor de 5 000 millones de d贸lares durante 20 a帽os.
Por su parte, los tribunales italianos persiguieron, hasta el a帽o 2010, por iniciativa de familiares de v铆ctimas de masacres, a miembros de las SS, dictando condenas a los culpables directos y el reconocimiento de la responsabilidad civil del Estado alem谩n. Sin resultado, ya que el gobierno alem谩n se ampar贸 en los mismos tratados internacionales que le permitieron eludir sus responsabilidades con Grecia.
El 12 de septiembre de 2012, los representantes griegos recordaron a Alemania la existencia de una deuda por los da帽os infligidos a su pa铆s por las tropas nazis durante la segunda guerra mundial. Apuntaron incluso la cifra de 300 000 millones de euros. Berl铆n respondi贸 que el asunto de las reparaciones de guerra hab铆a quedado cerrado en 1990 con el Zwei-plus-Vier-Vertrag (tratado 2+4), tratado firmado con las potencias aliadas con motivo de la reunificaci贸n de Alemania.
En cuanto al Estado espa帽ol, en 1994 Alemania acord贸 conceder una reparaci贸n simb贸lica de 12 millones de marcos a Gernika, aunque al final se limit贸 en 1998 a enviar un mensaje del presidente Roman Herzog a la ciudadan铆a de la ciudad vasca. En resumen, por la intervenci贸n de su pa铆s en la guerra de Espa帽a, los responsables alemanes dieron por liquidado el tema con unas cuantas frases solemnes. Italia se niega incluso a esto.
Fundamentos de una exigencia de reparaci贸n
Italia y Alemania, como Estados, deber铆an asumir, conforme al derecho internacional, las responsabilidades institucionales que les corresponden:
-por la violaci贸n de tratados y convenios internacionales vigentes en la 茅poca, empezando por el de no intervenci贸n;
-por los cr铆menes de guerra y contra la humanidad cometidos y para los cuales no se puede invocar la inmunidad de los Estados, tal como recoge la sentencia 238 del Tribunal Constitucional italiano;
-por el principio de pacta tertiis nec nocent nec presunt: los pueblos del Estado espa帽ol agredidos no estuvieron representados por ning煤n Estado leg铆timo y por tanto no est谩n sujetos a decisiones tomadas por terceros.
Los da帽os humanos y materiales causados directamente por las aviaciones y artiller铆as alemanas e italianas y sus cuerpos expedicionarios fueron ingentes, directos y diferidos, al abrir la puerta a la larga noche franquista. Pero tambi茅n hubo el pago de la ayuda aportada por los nazi-fascistas al bando franquista: Hitler lo cobr贸 en el acto, mediante el suministro de materias primas procedentes de las minas de Asturias, mientras que Italia opt贸 por las letras, que el r茅gimen de Franco fue liquidando hasta la d茅cada de 1960 (es decir, durante los primeros 17 a帽os de la Rep煤blica democr谩tica italiana): 5 000 millones de pesetas.
En la Europa actual, marcada per la “ley de la deuda soberana” y por los nuevos vientos de guerra, ninguna propuesta “normalizadora” en el terreno de la memoria puede eludir los principios de “reconocimiento de responsabilidad, reparaci贸n y garant铆a de no repetici贸n”. Ahora, cuando ya quedan pocas v铆ctimas directas de la guerra y las del franquismo envejecen, y cuando los gobiernos herederos de las dictaduras europeas convierten en papel mojado –participando en aventuras militares o, en el caso de Italia, programando la compra de 90 aviones F-35, con un coste medio de 100 millones de euros cada uno– los art铆culos de sus constituciones que repudian solemnemente el recurso a la guerra, parece m谩s que justificada una exigencia de reparaci贸n que vaya m谩s all谩 de la simple ret贸rica.
*Rolando d’Alessandro es uno de los promotores de la querella contra Alemania e Italia por los cr铆menes de guerra y contra la humanidad cometidos por las fuerzas a茅reas de esos dos pa铆ses en el territorio de la Rep煤blica Espa帽ola.http://vientosur.info/