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AI insta a las autoridades de Guatemala a abolir la pena de muerte



Mientras la Corte de Constitucionalidad  de Guatemala estudia una acci贸n de inconstitucionalidad contra la pena de muerte, Amnist铆a Internacional insta al Congreso de este pa铆s a que aproveche la oportunidad de este debate en la m谩xima instancia judicial para abolir de una vez esta pena en la legislaci贸n nacional.


La Corte de Constitucionalidad de Guatemala debe decidir si la imposici贸n de la pena de muerte viola los principios consagrados en la Constituci贸n del pa铆s. La acci贸n de inconstitucionalidad se present贸 el 25 de noviembre de 2016 y se prev茅 que en los pr贸ximos d铆as se anuncie una decisi贸n.

El a帽o pasado, la Corte de Constitucionalidad resolvi贸 que las disposiciones del art铆culo 132 del C贸digo Penal guatemalteco, que impon铆an la pena de muerte preceptiva para ciertas circunstancias agravantes del asesinato, eran inconstitucionales.

No ha habido ejecuciones en Guatemala desde 2000, cuando se derog贸 el Decreto Ley 159, que establec铆a el procedimiento para que el presidente de la Rep煤blica decidiera sobre las peticiones de indulto. Esto cre贸 un vac铆o que imped铆a que las personas condenadas a muerte accedieran a un proceso de indulto, lo que, en virtud de la Convenci贸n Americana sobre Derechos Humanos, hac铆a ilegal cualquier ejecuci贸n. La 煤ltima condena a muerte del pa铆s se conmut贸 en 2012.

Mientras la Corte de Constitucionalidad delibera sobre el asunto, Amnist铆a Internacional insta a los miembros del Congreso de la Rep煤blica de Guatemala a que aprovechen la oportunidad que ofrece el nuevo impulso creado por las deliberaciones de la Corte para abolir inmediatamente la pena de muerte para todos los delitos. En julio de 2016 se present贸 la iniciativa de ley 5100 para abolir la pena de muerte, que recibi贸 la aprobaci贸n conjunta de las tres comisiones parlamentarias (Derechos Humanos, Extraordinaria de Reforma al Sector Justicia y Legislaci贸n y Puntos Constitucionales) el 3 de agosto. El 13 de octubre, la iniciativa fue sometida a la primera lectura en la sesi贸n plenaria del Parlamento y hasta la fecha est谩 pendiente de la decisi贸n del Congreso.

Amnist铆a Internacional se opone incondicionalmente a la pena de muerte por considerarla una violaci贸n del derecho a la vida y el exponente m谩ximo de pena cruel, inhumana y degradante. El derecho a la vida est谩 reconocido en la Declaraci贸n Universal de Derechos Humanos, as铆 como en varios instrumentos internacionales y regionales de derechos humanos. La conveniencia de la abolici贸n de la pena de muerte est谩 consagrada en el derecho internacional. El Comit茅 de Derechos Humanos de la ONU —贸rgano experto encargado de vigilar el cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol铆ticos, ratificado por Guatemala— ha declarado que “todas las medidas encaminadas a la abolici贸n deben considerarse como un avance en cuanto al goce del derecho a la vida”.

Amnist铆a Internacional considera que toda ejecuci贸n es un acto que no s贸lo deshumaniza a quienes la llevan a cabo, sino que tambi茅n menoscaba el valor que da la sociedad a la vida humana. La pena de muerte es una forma 煤nica de pena cruel, pues adem谩s de la crueldad de la ejecuci贸n en s铆, conlleva la crueldad de obligar a la persona condenada a esperar en el corredor de la muerte contemplando la perspectiva de la ejecuci贸n. Mientras todos los sistemas de justicia penal son vulnerables a la discriminaci贸n y el error, la pena de muerte es irrevocable y, una vez infligida, no se puede deshacer.

A Amnist铆a Internacional le preocupa tambi茅n que la retenci贸n de esta pena se defienda a menudo con el infundado supuesto de que es una medida eficaz para el control de la delincuencia. Una exhaustiva investigaci贸n llevada a cabo por la ONU sobre la relaci贸n entre pena de muerte e 铆ndices de homicidio concluy贸 que no hay datos cient铆ficos que demuestren que la ejecuci贸n tiene un efecto disuasorio mayor que la cadena perpetua. Las estad铆sticas de pa铆ses que han abolido la pena de muerte muestran que su eliminaci贸n no ha provocado un aumento de los delitos previamente castigados con ella.

La pena de muerte est谩 asimismo excluida de las penas que pueden imponer los tribunales penales internacionales especiales o permanentes establecidos en las 煤ltimas d茅cadas, aun cuando tengan competencia sobre los cr铆menes m谩s atroces, como el genocidio, los cr铆menes de lesa humanidad y los cr铆menes de guerra.

La tendencia global sigue siendo hacia la abolici贸n de la pena de muerte. En la actualidad, 141 pa铆ses —m谩s de dos tercios de los pa铆ses del mundo— han abolido la pena de muerte en su legislaci贸n o en la pr谩ctica. El n煤mero de pa铆ses que llevan a cabo ejecuciones tambi茅n ha ido descendiendo. En 2015, no hubo ejecuciones en 169 de los 193 Estados miembros de la ONU (el 88 %).


Por todas estas razones, Amnist铆a Internacional pide a los miembros del Congreso de la Rep煤blica de Guatemala que adopten inmediatamente la legislaci贸n propuesta para abolir la pena de muerte y releguen de una vez este castigo a los libros de historia.

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