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PDLI: El juicio a doce raperos en la Audiencia Nacional vulnera la libertad de expresi贸n




La Plataforma en Defensa de la Libertad de Informaci贸n (PDLI) considera que el juicio a doce raperos en la Audiencia Nacional por las letras de sus canciones es un nuevo atropello a la libertad de expresi贸n y una vulneraci贸n de este derecho fundamental, contrario a los est谩ndares internacionales a los que est谩 sujeta Espa帽a, como la Declaraci贸n Universal de los Derechos Humanos y el Convenio Europeo de Derechos Humanos.


Nuevo atropello a la #libertadexpresi贸n: Esta semana juicio en la AN al colectivo rap @La_Insurgencia por sus letrashttps://t.co/eoNCuIMVRt— PDLI (@PDLI_) 30 de octubre de 2017

Los j贸venes, componentes del colectivo de rap La Insurgencia, est谩n acusados de enaltecimiento terrorista. Sin embargo, la PDLI advierte que no se dan las condiciones establecidas por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos para perseguir conductas del llamado “discurso del odio” o los denominados “delitos discriminatorios”.

Seg煤n destaca la abogada Isabel Elbal, experta en este tipo de delitos, “este tribunal exige varios criterios para castigar penalmente conductas peligrosas para la convivencia social: que se trate de actos coet谩neos con actividad terrorista y que animen directamente a la comisi贸n de delitos terroristas”. Unas circunstancias que, claramente, no concurren en este caso, a juicio de la Plataforma.
Un delito ambiguo destinado a censurar

Para la presidenta de la PDLI, Virginia P茅rez Alonso, “la acusaci贸n no respeta los principios de intencionalidad y proporcionalidad. La redacci贸n amplia de este delito est谩 permitiendo decenas de casos en los que su aplicaci贸n se destina directamente a censurar expresiones o informaciones cr铆ticas o radicales, pero, faltar铆a m谩s, perfectamente legales y merecedoras de protecci贸n en un estado democr谩tico y plural”, se帽ala.

La PDLI lamenta, una vez m谩s, la redacci贸n confusa y ambigua del delito de enaltecimiento terrorista, tipificado en el art铆culo 578 del C贸digo Penal, e introducido en el a帽o 2000 en nuestro ordenamiento jur铆dico. “Esto provoca que se estire y se expanda su aplicaci贸n a conductas como la creaci贸n art铆stica o intelectual, sin que est茅 justificada su persecuci贸n a ciudadanos que no tienen ninguna relaci贸n con organizaciones terroristas”, explica Isabel Elbal, quien recuerda que “ni siquiera la jurisprudencia lo ha sabido aclarar".

El pasado mes de junio el Tribunal Supremo, en una sentencia de la que fue ponente el magistrado Luciano Varela, absolvi贸 a un acusado de enaltecimiento del terrorismo por mensajes en Facebook, al sostener que este delito debe aplicarse a casos tasados.

De este modo, el alto Tribunal correg铆a su doctrina anterior sobre enaltecimiento del terrorismo en redes sociales y que aplic贸 a los casos de Strawberry y Cassandra, entre otros, condenando a penas de prisi贸n por opiniones expresadas en Twitter.
R茅cord de juicios en la Audiencia Nacional

Para la PDLI resulta llamativo que los juicios por enaltecimiento se hayan disparado precisamente desde el fin de la actividad terrorista de ETA: “Los juicios por enaltecimiento del terrorismo se han multiplicado por cinco desde el final de ETA con el PP en el Gobierno: en 2011, en el a帽o en el que ETA renunci贸 de manera definitiva a las armas, se produjeron cinco sentencias por este tipo delitos, en 2012 fueron diez, en 2013 subieron a 15, mientras que en 2014 se quedaron en 14 y en el a帽o 2015 ascendieron a 25. Adem谩s, desde el 1 de enero de 2016 la Audiencia Nacional ha condenado al menos a 30 personas por el delito de enaltecimiento del terrorismo de ETA y/o los Grapo en redes sociales”, detalla su presidenta, Virginia P茅rez Alonso.

“Evidentemente, en el presente caso, estamos ante un grupo musical, cuyas letras han sido consideradas por la Fiscal铆a, como enaltecedoras de las acciones terroristas de GRAPO -organizaci贸n terrorista que hace a帽os que se disolvi贸- y por doce j贸venes que no tienen ninguna relaci贸n con actos terroristas o grupos terroristas. Se trata de una intolerable intromisi贸n en la libertad de pensamiento, proscrita por varios tratados Internacionales que Espa帽a ha suscrito, entre ellos la Declaraci贸n Universal de los Derechos Humanos y el Convenio Europeo de derechos Humanos”, concluye Isabel Elbal.
Petici贸n a la Fiscal铆a y a los Grupos Parlamentarios

La PDLI va a presentar en la ma帽ana de hoy un escrito ante la Fiscal铆a General del Estado pidiendo que se retiren los cargos contra los raperos acusados, e instando al Fiscal General a dictar instrucciones para que las acusaciones sobre este delito, en tanto no se derogue, se ajusten a la Constituci贸n y al derecho internacional.

Adem谩s, la PDLI lamenta que ninguno de los grupos parlamentarios haya puesto en marcha a煤n la derogaci贸n de este delito, a pesar de que organismos internacionales, y la propia realidad, advierten de su car谩cter lesivo para derechos fundamentales. La eliminaci贸n de este art铆culo del C贸digo Penal es una de las demandas que la PDLI present贸 en el Congreso como prioritarias para esta legislatura.

Imagen: Perfil de twitter de @La_Insurgencia















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