OPINIÓN de Ángeles Sanmiguel
“Soy Pablo Hasél y en unos días van a encarcelarme por el contenido de mis canciones y de mis tuits, tengo una condena de dos años de prisión del año dos mil quince, acusado de enaltecimiento del terrorismo por alrededor de veinte canciones”, declaraba en febrero del año dos mil veintiuno el compositor catalán Pablo Rivadulla Duró –alias Pablo Hasél, actualmente con treinta y siete años. Durante el COVID se notificó una ampliación de la condena a tres años más de prisión, “por denunciar un caso de brutalidad policial”.
“Sabía que tarde o temprano vendrían a por mí”. Sumando todos los años “que me piden podría pasar hasta veinte años encarcelado”, reseñaría. El catorce de abril de dos mil veintisiete cumplirá seis años y dos meses de presidio y en esa fecha será liberado.
¿Qué genuina incitación existe a cometer actos delictivos escuchando letras de canciones seleccionadas en base al libre albedrío del público oyente?
¿Por qué las aberraciones que se escupen en los foros institucionales inflamando el ánimo popular, empujando a la violencia y el extremismo, no tienen seguimiento penal? Si quemar la fotografía del emérito es libertad de expresión no punible, ¿por qué las palabras sí lo son?
“Si nosotros nos vemos obligados a decir lo que decimos en nuestras canciones es porque no se respetan otras libertades y derechos”, asevera Hasél.
“Llibertat Pablo Hasél! Amnistia total. Organitzem la solidaritat”, fue una de las pancartas que desfilaron por las calles en las múltiples manifestaciones ciudadanas celebradas en diversas capitales españolas. “Si nos hubiéramos puesto las pilas desde el principio, esa movilización se hubiera dado en otro contexto: Ni Pablo ni los demás no estarían en la cárcel”, afirma la abogada del rapero, Alejandra Matamoros.
“Mientras se encarcela a la gente por criticar a la monarquía entre otras cosas, la monarquía se llena los bolsillos a manos llenas, y es totalmente impune ante los trapicheos y los negocios mafiosos que hacen”, declara la letrada.
¿Matar al mensajero como fórmula formal?
“Prácticamente, la canción nace con la palabra, con la comunicación verbal entre seres humanos” especifica el periodista barcelonés Jordi García Soler en la introducción de su obra La Nova Cançó. Sentimentalidad comunitaria encadenada, lírica popular amordazada, carga emocional sitiada. “Jo vinc d´un silenci antic i molt llarg” cantaba por primera vez Raimon, el octogenario cantautor setabense (País Valencià), en mil novecientos setenta y cinco.
El cante jondo de las minas, las canciones de esclavos y esclavas en las plantaciones, las poesías de las mujeres silenciadas que, como en Afganistán, escriben sus denuncias de forma disfrazada son un peligro para todo régimen totalitario sea este familiar o estatal.
“La lucha por la cultura era la lucha por la democracia” afirmaba Gabriel Jaraba, doctor en Comunicación y Periodismo. “Canciones de protesta civil a manera de auténticas crónicas noveladas, de los acontecimientos de la vida cotidiana de una colectividad determinada”, según García Soler, continúan siendo vitales para el higiénico devenir de cualquier sociedad. España, en dos mil diecinueve, obtuvo el deshonroso título de ser el país, a nivel mundial, con más artistas encarcelados, según informe de la organización Freemuse (consultora de las Naciones Unidas/ONU). Más que Irán, más que Turquía, más que China y más que Rusia. El colectivo musical La Insurgencia, sus doce miembros, finalmente no ingresaron en prisión al rebajarles la condena. El encarcelamiento de Hasél fijó la deleznable distinción de tener al “primer artista encarcelado en Europa por la letra de sus canciones”.
Enaltecimiento del terrorismo, injurias a la Corona y a las Instituciones del Estado son algunos de los apartados que calificaron los mensajes cantados y escritos por este rapero con el agravante de estar “disponibles fácilmente y de forma gratuita en Internet y, por tanto, podían llegar a gran número de personas, incluidas las jóvenes”, explicitan desde Amnistía Internacional.
Apología, rebeldía, resistencia y otras muchas palabras son utilizadas según intereses, con ellas hábilmente insertas en discursos se puede acabar con la vida, la libertad y el equilibrio, en todos los sentidos, de personas disidentes. ¿Por qué no perseguir esas otras declaraciones ultraderechistas que ensalzan el entrar en Televisión Española “con motosierra y lanzallamas y si hace falta, a patadas”?
¿Cómo digerir el que letras de ciertas canciones o tuits vayan “más allá de lo que podría percibirse como mensajes de protesta y de los límites de la crítica aceptable” y “los mensajes recibidos por la compañera (Cristina Fallarás)” que “son de una violencia intolerable y demuestran las gravísimas consecuencias que tiene que un partido político (la ultraderecha española) utilice su altavoz institucional para hostigar a periodistas”, no pase de mera reseña? mensajea el Sindicato de periodistas de Madrid.
¿Cuáles son los temas intocables para el apocalíptico siglo veintiuno cuando genocidio, torturas, armas químicas y biológicas entre otras muchas atrocidades conforman el vocabulario cotidiano? “Estoy relatando una realidad” afirma Hasél, mencionando el fallecimiento a los sesenta años de Isabel Aparicio (madrileña, histórica del PCE reconstituido), “encarcelada y muerta sin atención médica, es un hecho objetivo”, la militante padecía “artrosis degenerativa general, osteoporosis, problemas de respiración y sinusitis grave y crónica, desplazamientos de sus vértebras lumbares y hernia de disco” según informó Socorro Rojo en el año dos mil catorce.
“Nos están dejando cada día con menos derechos y libertades”. “Nos están machacando en todos los sentidos”.
El TDH (Tribunal de Derechos Humanos) afirma que “las autoridades de un Estado democrático deben tolerar las críticas de un caso cometido por las autoridades oficiales”. ¿Existirá alguna reparación, con respecto a Hasél, de “su derecho a la libertad de expresión” tal como solicitaba el citado movimiento global Amnistía Internacional?
Hasél declararía que con su rap político no defendía la lucha armada, aun así, una tras otra, fueron sumándose condenas por “injurias a la corona, injurias a las fuerzas de seguridad del Estado y otra vez enaltecimiento del terrorismo con el agravante de reincidencia”. Respecto a la multa impuesta de más de veinte mil euros el artista se ratificó en el: “No pienso pagar”.
¿A quién presentar los temas para conseguir el visto bueno si las canciones –como en el franquismo- pueden catalogarse como delito? ¿A los manipulados algoritmos de la Inteligencia Artificial?
Censurar siempre funciona. Censurar zarzuelas costumbristas revolucionarias, como la escrita durante la dictadura de Primo de Rivera titulada Els soldats de l´ideal obligada por Milans del Bosch a ser titulada: “Canción de amor y de guerra”. Censurar el Rock&Roll de Extremoduro. Censurar canciones en galego, euskara, català, asturianu. Censurar cantares de gesta medievales encalabozando a juglares por no ensalzar al héroe conveniente. Censurar a Mozart por letras como Bésame/ lámeme el culo reemplazada por Déjanos ser felices. ¿Censurar la propia memoria?
Cuando en dos mil once fueron a por él sus “canciones con un elevado contenido revolucionario empiezan a tener muchas visitas”, los conciertos se multiplicaron, contacta con ex presos políticos y el seguimiento multitudinario en Internet le señala. ¿Soflamas perseguidas en función de su difusión? Hasél conecta con la juventud que sufre el exasperante y depresivo interrogante de un presente y futuro inciertos, y eso es algo nada conveniente.
¿Se tuvieron en cuenta las opiniones discrepantes de un par de jueces que no consideraron “incitaciones a la violencia” sus letras?
La ONU (Organización de Naciones Unidas), en febrero de dos mil veintiuno, reafirmó que “las leyes de lesa majestad no tienen cabida en un país democrático”, pero la realidad es que el joven artista leridano sigue en la trena. ¿“Dotar a los jefes de Estado de un régimen jurídico especial, que los sustraiga a la crítica”? La controversia está servida para hacer de su capa un sayo a la hora de aforamientos, desactivación de sentencias a presidentes convictos y otras muchas marrullerías que se aplican más o menos solapadamente.
Corría el año mil novecientos setenta y cinco, meses antes de la muerte del dictador Franco, cuando al cantautor flamenco, Manuel Gerena, “la voz prohibida”, se le veda el actuar en la provincia de Barcelona. Su disco Cantando a la libertad marcó el polémico rumbo en el cante jondo del artista quien fue encarcelado y privado de pasaporte en varias ocasiones por sus letras.
En mil novecientos ochenta y dos, José Dominguez Muñoz “El Cabrero”, anárquico cantautor flamenco, fue a prisión por ofensa a los sentimientos religiosos (“cagarse en Dios”). Sus fandangos escocían y no los programaban. Tonás, soleares y seguirillas de “El Cabrero” denuncian la injusticia siendo vetado en España.
A Luis Pastor, cantautor extremeño, Medalla de Oro al Mérito en las Bellas Artes, en mil novecientos setenta y cinco, le cancelaron sus recitales. ¡En dos mil diecinueve! la Comunidad de Madrid, bajo el equipo de gobierno de la derecha y ultraderecha, le hizo sentir la afilada cuchilla de la represión cultural que corta gargantas de un tajo.
Valtonyc (Josep Miquel Arenas) es otro joven rapero perseguido por su expresión artística, -huyó a Bélgica en ¡dos mil dieciocho!-.
La cantautora madrileña Elisa Serna “denunciadora de verdades políticas”, miembro del colectivo “canción del pueblo”, en mil novecientos setenta y cinco, mientras cantaba un tema del poeta palestino Tawfid Zayad, fue apresada cumpliendo un mes de arresto en la Prisión de Mujeres de València. También sufrió tres días de encierro en la Dirección General de Seguridad (la terrible DGS madrileña), dos meses en la prisión de Mujeres de Alcalá de Henares, veintitrés días en Yeserías y otros muchos arrestos. El PCE, su partido, ante las multas consignaría: “No ingresar dinero que aumente la represión”.
Con veinticinco mil pesetas multaron en mil novecientos setenta y cinco al cantante y compositor gallego Bibiano (Bibiano Adonis Morón) “por haber interpretado en Xixón una canción que no estaba autorizada”.
¿A eso se quiere volver desde la ignorancia más absoluta y el despotismo de “sillones” bien pagados?
José Antonio Labordeta, Paco Ibañez, All Tall, Lluis Miquel i els 4 Z, Ovidi Montllor y un etcétera invaluable de artistas han cantado las verdades opacadas.
Las injurias contra la corona según el Código Penal en su artículo 490, punto 3, son penadas con cárcel si son graves o con multa si son leves. ¿Qué es una injuria grave? ¿En qué contexto se valoran? ¿Las psicofonías podrían entrar también en esta ruleta rusa?
Escribía el periodista valenciano, especialista en Sociedad y Tribunales, Quico Tomás-Valiente, junto Paco Pardo abogado y periodista madrileño experto en información judicial que: “En ocasiones los jueces condenan a inocentes y en otras los culpables de los más horrendos actos salen a la calle y hacen de las suyas”.
