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Los Estados son responsables por los feminicidios

"Falta voluntad política de las autoridades para proteger derecho de las mujeres a una vida sin violencia"

•elmercuriodigital ▫ Louisa Reynolds.- “Papi, ya voy para la casa”. Las últimas palabras que escuchó de su hija obsesionan a Jorge Velásquez y las tiene grabadas en la mente. Claudina Isabel Velásquez, estudiante de leyes de 19 años, nunca regresó a su casa de la fiesta a la que asistió con su novio la noche del 12 de agosto del 2005 en Ciudad de Guatemala.

Claudina llamó a sus padres a las 11:45 pm para decir que regresaría poco después de la medianoche. Para las 3 am, cuando no había regresado, sus padres llamaron a la Policía que les respondió que debían esperar 24 horas antes de denunciar su desaparición.

La mañana siguiente recibieron la llamada de un amigo cercano: el cuerpo no identificado de una joven parecida a Claudina se encontraba en la morgue. La víctima había sido golpeada, violada y recibido un disparo en la cabeza.

Luego que los padres de Claudina identificaran a la joven como su hija, les informaron que expertos forenses ya habían examinado el cuerpo y que podían proceder con el entierro. Sin embargo, para su rabia e incredulidad, investigadores policiales se presentaron durante el velorio para tomar las huellas digitales de la víctima.

Eso marcó el inicio de una ineficiente investigación sobre el crimen. Pasaron 40 días antes que los investigadores entrevistaran a los padres, no lograron ubicar a testigos claves, no se había registrado los nombres de los agentes que llevaron el cuerpo a la morgue, y las ropas de la víctima no habían sigo guardados como evidencia, entre otros desaciertos.

Una de las principales razones por las que la escena del crimen fue tratada con tan poco rigor, señaló la familia Velásquez, era que el cuerpo de Claudina fue encontrado en un barrio pobre y el hecho de que llevara sandalias y un piercing en el ombligo llevó a los investigadores a asumir que era una trabajadora sexual o integrante de una pandilla, “que era responsable de su propia muerte”  y que no valía la pena investigar el caso —una serie de presunciones profundamente enraizadas en la cultura guatemalteca de violencia de género usada comúnmente por las autoridades para justificar su falta de diligencia.

Dos años después del asesinato de Claudina, la investigación continuaba estancada, por lo cual sus padres llevaron el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). El Estado de Guatemala era acusado de no haber protegido la vida e integridad física de Claudina y de haber incumplido una serie de tratados y convenciones internacionales que el país había ratificado, incluyendo la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, o Convención de Belém do Pará, que establece que las mujeres tienen el derecho a vivir una vida libre de violencia y que la violencia contra la mujer constituye una violación a los derechos humanos y a las libertades fundamentales.

La CIDH recomendó al Estado completar la investigación de manera oportuna, juzgar a los responsables y adoptar protocolos para la investigación de la violencia contra la mujer. En los últimos años se han dado importantes pasos en términos de abordar la violencia contra la mujer, incluyendo la creación de tribunales especiales sobre violencia de género. Sin embargo, los responsables de la violación y asesinato de Claudina no han sido llevados ante la justicia, principalmente porque se perdió la evidencia al inicio de la investigación. Por tanto, en marzo del 2014 la CIDH determinó que Guatemala no había cumplido con sus recomendaciones y envió el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).

Femicidio y feminicidio
 En 1992, la feminista sudafricana Diana Russell, autora del libro Feminicidio: La política del homicidio de mujeres, acuñó el término “femicidio” para el asesinato de mujeres por motivo de género, enfatizando que se trata de crímenes de odio enraizados en la opresión y violencia patriarcal, y que deberían ser tratadas de manera separada de otros homicidios.

Dos años después, la antropóloga mexicana Marcela Lagarde buscó adaptar el término al contexto latinoamericano donde los asesinatos de mujeres habían alcanzado proporciones epidémicas. Acuñó el vocablo “feminicidio” para referirse a casos como el de Claudina en los que el Estado es acusado de violar sus obligaciones internacionales y cometer un crimen de lesa humanidad al no investigar los asesinatos por motivo de género.

“Marcela Lagarde amplía el término desarrollado por Russell, incorporando en él las consecuencias de carácter político de las omisiones y negligencias de las autoridades, hecho que quebranta los principios del Estado de derecho; la falta de voluntad política de los Estados para enfrentar la violencia contra las mujeres y la impunidad constituyen un problema de carácter estructural que se manifiesta en la ausencia de investigación y sanción de la mayoría de los actos de violencia contra las mujeres, lo que contribuye al fracaso de la función disuasoria y sancionadora del sistema penal y a la consecuente perpetuación de un contexto de violencia contra la mujer”, explicó a Noticias Aliadas Ana Grace Cabrera, experta de ONU Mujer sobre violencia de género.

Según Cabrera, tener leyes específicas que definen el femicidio y/o el feminicidio ayuda a que los perpetradores individuales asuman su culpa y a los Estados a hacerse responsables por esos crímenes, aunque señala que aún si un país no tiene una legislación específica sobre el tema, igual puede ser procesado por no cumplir con la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), así como la Convención de Belém do Pará.

Fallo incumplido
Si la Corte IDH falla en contra de Guatemala en el caso de Claudina Velásquez, será la segunda vez que un país latinoamericano es sancionado por no proteger el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.

En el 2009, el tribunal encontró culpable a México por negar justicia a Claudia González (20), Esmeralda Herrera (15) y Berenice Ramos (17), cuyos cuerpos fueron encontrados junto a los de otras cinco mujeres en noviembre del 2001 en un lugar conocido como Campo Algodonero en las afueras de Ciudad Juárez, ciudad industrial en la frontera con EEUU plagada de violencia.

El Estado mexicano fue considerado responsable por “la falta de medidas de protección a las víctimas, dos de las cuales eran menores de edad; la falta de prevención de estos crímenes, pese al pleno conocimiento de la existencia de un patrón de violencia de género que había dejado centenares de mujeres y niñas asesinadas; la falta de respuesta de las autoridades frente a la desaparición (…); la falta de debida diligencia en la investigación de los asesinatos (…), así como la denegación de justicia y la falta de reparación adecuada”.

La Corte IDH ordenó a las autoridades mexicanas investigar los crímenes, llevar a cabo una ceremonia para pedir perdón por las muertes, construir un monumento para las tres jóvenes en Ciudad Juárez y capacitar a la Policía en derechos humanos y violencia de género. También dispuso la creación de un sitio web sobre las mujeres y niñas asesinadas desde 1993 en Ciudad Juárez, intensificar los esfuerzos para encontrar a las mujeres desaparecidas e investigar las amenazas de muerte y acoso contra sus familiares.

Sin embargo, la única acción realizada por el gobierno hasta el momento ha sido la publicación del fallo en el diario oficial y en un diario de circulación nacional. —Noticias Aliadas.




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