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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea condena a España por no prevenir la contaminación del agua con nitratos

El TJUE condena a España por no prevenir la contaminación del agua con nitratos:

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Paula García-Ajofrín. EURACTIV. Bruselas.- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) dictaminó este jueves que España ha incumplido la normativa comunitaria de protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos utilizados en la agricultura y alegó que no ha adoptado «medidas adicionales o acciones reforzadas» contra esta contaminación.

El Tribunal con sede en Luxemburgo estima así, aunque parcialmente, el recurso presentado por la Comisión Europea (CE) en diciembre de 2022, que llevó a España ante la Justicia europea por haber incumplido varias de las obligaciones de esta normativa.

La directiva, que deben cumplir todos los Estados miembros de la UE, se centra en la contaminación por nitratos que generan las actividades agrarias y ganaderas y obliga a los países a controlar sus aguas e identificar las zonas afectadas por este problema o que son susceptibles de ser afectadas.

Así, el TJUE dictaminó que España incumplió la obligación comunitaria de designar como área vulnerable a los nitratos las zonas de captación de agua por escorrentía (aguas superficiales) o por infiltración (subterráneas) en diversas zonas de las Islas Baleares, la comunidad de Madrid y de Valencia.

Baleares, Valencia y Madrid

En su recurso, Bruselas señalaba que España no había designado como zonas vulnerables a los nitratos en un total de 82 zonas contaminadas en Castilla y León, Extremadura, Galicia, Islas Canarias, Islas Baleares, Madrid y Valencia.

Sin embargo, la Justicia europea sólo consideró que se ha incumplido la directiva en esas tres últimas comunidades autónomas y desestimó el resto de áreas al considerar que, en la mayoría, Bruselas no había demostrado que los compuestos nitrogenados de origen agrario contribuyesen significativamente a la contaminación por nitratos ni había aportado pruebas que permitiesen acreditarlo.

Asimismo, el tribunal consideró que España no estableció todas las medidas obligatorias que exige la norma europea en los programas de acción en Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura y Madrid.

Según denunció la Comisión en su recurso, estos programas de acción no contienen medidas suficientes en relación con la aplicación de fertilizantes a cultivos en terrenos inclinados y escarpados.

España, consideró el Tribunal, o bien no ha aportado estudios ni documentos que desmientan el estudio científico de Bruselas, o bien alegó haber adoptado medidas una vez que expiró el plazo fijado en el dictamen motivado -una petición formal para que se cumpla el Derecho de la UE- impuesto por Bruselas en 2015.

Por último, el Tribunal de Justicia declaró que España ha incumplido también la normativa europea por no haber adoptado las medidas adicionales o acciones reforzadas necesarias en relación con la contaminación por nitratos en Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla y León y Murcia.

Así, la Justicia europea subrayó que, para considerar que un Estado miembro ha cumplido las obligaciones de la norma europea no basta sólo con adoptar medidas adicionales o acciones reforzadas, sino que es necesario, además, que estas sean «suficientes» para alcanzar los objetivos de reducción de la contaminación de las aguas por nitratos y prevenir nuevas contaminaciones de esa clase.

Según un informe presentado la semana pasada por la ONG Ecologistas en Acción (EeA), la contaminación por nitratos originada por la agricultura intensiva de regadío y las macrogranjas afectó en 2022 al agua disponible para el consumo de más de 200.000 personas (214.851) de 171 municipios españoles, «especialmente de la denominada ‘España vaciada‘».

En 2018, el TJUE ya impuso a España una multa de 11 millones de euros cada seis meses por no depurar sus aguas residuales urbanas en varios municipios del país conforme a la normativa europea.

Y el pasado diciembre, Bruselas anunció también que denunciará a España ante el TJUE por su «incumplimiento íntegro» de la normativa comunitaria sobre recogida y tratamiento de aguas residuales urbanas.






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