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ADN del PP

OPINI脫N de Jos茅 Enrique Cent茅n Mart铆n

Es la «Corrupci贸n Institucional», dado que en todos los lugares donde gobiernan o gobernaron se multiplica la corrupci贸n, recientemente la Audiencia Nacional ha condenado al PP en otro caso de corrupci贸n al actuar en una «din谩mica de beneficio mutuo». Feij贸o fiel al ADN «pepero» y tras ser elegido por mayor铆a como presidente lo ratific贸 de forma convincente, impert茅rrito, casi triunfal como dirigente «impoluto», con una frase antol贸gica que define la esencia de partido: «si el PP hizo cosas mal, debe asumirlo: Del pasado no se reniega, se aprende».



- ¿Qu茅 se aprende? ¿La forma de seguir robando a los espa帽oles de forma m谩s inteligente?

¿Van a contratar a asesores como el fallecido Bernard Madoff?, Inicio de la crisis mundial en el 2008

- O alg煤n «Hanno Berger», acusado del mayor robo de impuestos de la historia de Alemania.


Est谩n apareciendo casos de corrupci贸n en Madrid, el alcalde Mart铆nez-Almeida en mayo de 2021, dijo: «Seremos unos fascistas, pero sabemos gobernar». De aquella 茅poca son las mascarillas no homologadas vendidas al Ayuntamiento, estando implicado un primo hermano del Alcalde, venta que generaron unas comisiones de 6 millones de euros. Sin olvidarnos de la Comunidad, donde hubo otros casos «raros», como el uso de m谩quina quitanieves para «Filomena», m谩quina que lleva desguazada m谩s de 30 a帽os, y otras cuatro quitanieves que actuaron simult谩neamente durante 24 horas en varios pueblos diferentes de la Comunidad, sin olvidarnos de los negocios en torno a la «IDA», con alumbrado de hospitales, avi贸n perdido con mascarillas, subvenci贸n a «su» peluquero.


El PP acapara el 86% de la corrupci贸n pol铆tica a costa del Erario P煤blico, y falta solventar ramificaciones de casos G眉rtel, P煤nica, visita del Papa, F贸rmula 1, Ayuntamientos. Considerados por los anteriores presidentes del PP como «casos aislados». En total hay 274 causas diferentes donde el PP est谩 implicado y cerca de 2000 de sus cargos p煤blicos encausados o condenados.


Ahora creo comprender la negaci贸n de renovaci贸n del TC, CGPJ, Audiencia Nacional, etc., de gran predicamento conservador, incluso muchos de ellos afiliados en su momento, siendo laxos en aplicar la Justicia como debe ser, si no hay otros motivos ajenos a la pol铆tica.  ¿Por qu茅 el Tribunal Constitucional, no act煤a para ilegalizar al PP?, partido que acapara el 86% de la corrupci贸n pol铆tica. El nuevo C贸digo Penal permite disolver partidos pol铆ticos corruptos. Art铆culo 31 bis del C贸digo Penal**1, y tambi茅n se podr铆a aplicar la Ley 81/1978, de 28 de diciembre, de modificaci贸n del C贸digo Penal en materia de reincidencia y reiteraci贸n. **2


Actualmente hay casos abiertos de personajes pol铆ticos ejerciendo, y a su vez encausados o en investigaci贸n Fiscal en: Castilla-Le贸n, Madrid, Extremadura, Murcia, etc., todos posteriores al 2009, que podr铆a ser el inicio de la ilegalizaci贸n de un partido concreto.


- A partir del 1 de julio de 2015, las formaciones podr谩n recibir una sanci贸n penal si han entregado o recibido «donaciones o aportaciones incumpliendo los l铆mites establecidos en la Ley de Financiaci贸n de partidos por persona f铆sica o que proceda de personas jur铆dicas». **1


- Tambi茅n podr谩n ser condenadas las formaciones en la v铆a penal por participar en estructuras u organizaciones cuya finalidad sea la financiaci贸n de partidos al margen de la Ley.


- El castigo previsto en el nuevo C贸digo Penal a los partidos pol铆ticos condenados por financiaci贸n ilegal es una multa de tres a cinco veces el valor de la donaci贸n ilegal recibida y como medidas adicionales, en funci贸n de las circunstancias agravantes, la disoluci贸n o la suspensi贸n de actividad, la clausura de locales o la prohibici贸n de realizar en el futuro la actividad en la que se haya cometido el delito.


Los hechos juzgados en estos momentos respecto al caso G眉rtel, corresponden a un periodo (1990-2009) en el que la Ley no preve铆a la responsabilidad penal de los partidos ni el C贸digo Penal inclu铆a la financiaci贸n ilegal de las formaciones pol铆ticas. La Audiencia Nacional investiga desde 2009 el caso G眉rtel y su pieza separada sobre la caja b del PP. En ambos casos, el PP recibi贸 dinero (m谩s de ocho millones) que no declar贸 a Hacienda y ocult贸 al Tribunal de Cuentas.


- Por ello la Fiscal铆a Anticorrupci贸n pide altas penas de c谩rcel para los ex tesoreros de la formaci贸n conservadora.

- Si se cometiera ahora esos delitos y fuera condenado por ello en aplicaci贸n del nuevo C贸digo Penal, la sentencia podr铆a incluir como pena su disoluci贸n o la suspensi贸n de sus actividades durante a帽os. Hasta ahora las formaciones que se financiaron ilegalmente y fueron descubiertas por el Tribunal de Cuentas, s贸lo eran sancionadas por la v铆a administrativa con una multa econ贸mica. Pero se podr铆a aplicar Delitos por reincidencia.


**1 - Las reformas legales de los 煤ltimos cinco a帽os dejan en manos del juez suspender la actividad de formaciones que hayan cometido delitos graves. La reforma en el 2015 incorpora el delito de financiaci贸n ilegal. El art铆culo 31 bis del C贸digo Penal se帽ala que las personas jur铆dicas [incluidos los partidos pol铆ticos] ser谩n «penalmente responsables de los delitos cometidos en su nombre o por cuenta de las mismas, y en su provecho, por sus representantes legales y administrados de hecho o de derecho». El PSOE excluy贸 a partidos pol铆ticos y sindicatos de este precepto legal, pero reform贸 en 2010, y el PP anul贸 estas excepciones en una reforma que hizo en 2012.


**2 - La reincidencia es una circunstancia que agrava la pena. El incremento de esta 煤ltima se justifica, en principio, en la necesidad de que el Estado responda de modo proporcional ante un injusto culpable m谩s grave, seg煤n Art铆culo primero.


1.- Se deroga la actual redacci贸n de la circunstancia quince del art铆culo diez del C贸digo Penal.


2.- La circunstancia quince del art铆culo diez del C贸digo Penal quedar谩 redactada en los siguientes t茅rminos: Hay multirreincidencia cuando al delinquir el culpable hubiere sido ejecutoriamente condenado por dos o m谩s delitos de los mencionados en el p谩rrafo anterior en varias sentencias, siempre que en alguna de ellas se hubiere apreciado ya la circunstancia de reincidencia».





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