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mercurioPress - MERCURIO DE ESPA脩A

Editor director: 脕ngel Rojas Penalva.

Miembro de ATP, AIPEP, FAPE (Federaci贸n de Asociaciones de la Prensa de Espa帽a. Registro Profesional 16.623) y FIP

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“Reproduzca esta informaci贸n, h谩gala circular por los medios a su alcance: a mano, a m谩quina, a mime贸grafo, oralmente. Mande copias a sus amigos: nueve de cada diez las estar谩n esperando. Millones quieren ser informados. El terror se basa en la incomunicaci贸n. Rompa el aislamiento. Vuelva a sentir la satisfacci贸n moral de un acto de libertad. Derrote el terror. Haga circular esta informaci贸n”. (Rodolfo Walsh)

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El Mercurio Digital (elmercuriodigital.es) es un diario digital creado en noviembre de 2002 por periodistas de Espa帽a y Latinoam茅rica, basado en la informaci贸n, alejado de la guerra de exclusivas, del imperio de la publicidad, de la lucha de intereses partidistas y la carrera de audiencias.

El Mercurio Digital comenz贸 a publicarse con periodicidad diaria el martes d铆a 12 de noviembre de 2002. El proyecto respond铆a a dos necesidades principales: la propia de sus creadores y creadoras para desarrollar la profesi贸n period铆stica sin los condicionantes que atan actualmente a l@s periodistas de los grandes diarios impresos y de las empresas informativas en general, y la observaci贸n de un hueco informativo en el medio (muchos portales, pero contenidos de una uniformidad asombrosa y una informaci贸n demasiado condicionada por intereses econ贸micos e ideol贸gicos).

Periodismo cr铆tico

El Mercurio Digital se compromet铆a entonces a responder s贸lo ante sus lectores y lectoras; a hacer un peri贸dico de contenido amplio, heterog茅neo, en el que tuvieran protagonismo los asuntos que de una forma global preocupan a la persona cr铆tica del principio de milenio; a informar sobre y para las minor铆as, a la protecci贸n de las menores y los menores, a informar y defender la igualdad de la mujer, a la defensa de los animales y el medio ambiente y a la utilizaci贸n de un lenguaje no sexista.

Periodismo como militancia

El Mercurio Digital no es un medio al uso. No es una empresa dentro de la econom铆a de mercado. No necesita vender ni competir ni financiarse. No es un medio tradicional, pero tampoco un medio de los que se autodenominan "independientes" o "alternativos". El Mercurio Digital es un medio militante y su militancia se basa en "otro periodismo posible".

Para quienes hacen El Mercurio Digital, la dedicaci贸n 'profesional' al periodismo no implica necesariamente realizar el trabajo a cambio de una remuneraci贸n econ贸mica. Profesional es quien ejerce una actividad para la que ha sido previamente preparado/a y formado/a, y en la que cree, cobre o no por ello. El Mercurio Digital defiende, por supuesto, el derecho al trabajo y a un salario, pero consciente de que el hecho de depender de un pago no garantiza el rigor informativo sino que, al contrario de lo que debiera ser, a veces condiciona negativamente el ejercicio de esta profesi贸n. En El Mercurio Digital, tod@s los colaboradores y colaboradoras realizan su trabajo de forma desinteresada, libre y sin recibir remuneraci贸n alguna a cambio. "Son y somos militantes. No somos una fundaci贸n. No cobramos ni pedimos donaciones de organismos ni de particulares. Tampoco dependemos de la publicidad". 

"Pero nuestra militancia no es un partido pol铆tico ni un sindicato, sino la informaci贸n como servicio p煤bico: ejercer y defender la libertad de expresi贸n; informar con rigor sobre los derechos sociales, culturales, pol铆ticos y econ贸micos, y defenderlos; informar y defender lo relativo a los derechos de las trabajadoras y los trabajadores, de las personas desempleadas y las jubiladas; informar y defender todo aquello que ata帽e al feminismo, la igualdad, la infancia, las minor铆as, los pueblos ind铆genas, los n谩ufragos de la globalizaci贸n, las personas refugiadas,  migrantes y ap谩tridas, la justicia social, el derecho a la vida, a la muerte y a la dignidad,  la salud y la sanidad p煤blica,  los animales, el medio ambiente, la cultura, la educaci贸n p煤blica, el republicanismo, la resistencia, el derecho a la autodeterminaci贸n, la condena del imperialismo, de la corrupci贸n y del terrorismo..., la voluntad de belleza y la voluntad de justicia."

"Nuestra militancia es difundir aquellas realidades invisibilizadas por el sistema capitalista y los grandes medios -que se nutren de 茅l al tiempo que lo hacen fuerte-, y entre los que incluimos -sin 谩nimo de demonizarlas ni censurarlas- a las redes sociales."

Nuestra Redacci贸n

La Redacci贸n de El Mercurio Digital y el servicio de noticias MercurioPress est谩n formados por periodistas profesionales que realizan este trabajo de forma desinteresada. Redacci贸n Mercurio


INTERNACIONAL, SOCIEDAD Y ESPA脩A
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Suiza/ Argentina SERGIO FERRARI
M茅xico LIVIA D脥AZ, TEODORO RENTER脥A,  MIGUEL 脕NGEL S脕NCHEZ DE ARMAS
Argentina RICARDO LUIS MASCHERONI, EMILIO MAR脥N
Chile ARNALDO P脡REZ GUERRA
Per煤 JORGE ZAVALETA ALEGRE
Uruguay JORGE MAJFUD
Estados Unidos AMY GOODMAN
Brasil SANTIAGO P脡REZ
Guatemala CAMILO MARTIANO

SECCI脫N DE OPINI脫N

Opini贸n P煤blica OP
El Mercurio de l@s lector@s


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C贸digo 茅tico

C贸digo de Etica: UNESCO Principios internacionales de 茅tica profesional en periodismo Publicado por la cuarta reuni贸n consultiva de periodistas internacionales y regionales, en Par铆s, en 1983, bajo los auspicios de la UNESCO. 
Participantes: La Organizaci贸n Internacional de Periodistas (IOJ), la Federaci贸n Internacional de Periodistas (IFJ), la Uni贸n Cat贸lica Internacional de la Prensa (UCIP), la Federaci贸n Latino-Americana de Periodistas (FELAP), la Federaci贸n Latino-Americana de los Trabajadores de la Prensa (FELATRAP), la Federaci贸n de Periodistas 脕rabes (FAJ), la Uni贸n de Periodistas Africanos (UJA), y la Confederaci贸n de Periodistas de la Asociaci贸n de Naciones del Sureste Asi谩tico (CAJ) - representando, en total, 400.000 periodistas de todo el mundo. 
Principio I: El derecho de la gente a la informaci贸n veraz. La gente y los individuos tienen el derecho a adquirir una visi贸n objetiva de la realidad por medio de la informaci贸n exacta y comprensiva, as铆 como a expresarse libremente a trav茅s de los medios de cultura y de comunicaci贸n. 
Principio II: La dedicaci贸n del periodista a la realidad objetiva. La principal tarea del periodista es servir a la gente en su derecho a la verdad y la informaci贸n aut茅ntica con una dedicaci贸n honesta a la realidad objetiva, de manera que los hechos est茅n divulgados conscientemente en un contexto apropiado, precisando sus conexiones esenciales y sin causar distorsi贸n, con el despliegue debido de la capacidad creativa del periodista, para proporcionar al p煤blico el material adecuado que le permita formarse una idea exacta y comprensiva del mundo, en la cual, el origen, la naturaleza y la esencia de los acontecimientos, procesos y estados de eventos est茅n comprendidos del modo m谩s objetivo posible. 
Principio III: La Responsabilidad Social Del Periodista. La informaci贸n en periodismo se entiende como bien social y no como un producto, lo que significa que el periodista comparte la responsabilidad de la informaci贸n transmitida y es, por lo tanto, responsable, no solamente, ante 茅sos que controlan los medios sino principalmente, ante el p煤blico, incluyendo varios intereses sociales. La responsabilidad social del periodista requiere que 茅l o ella act煤en, bajo todas las circunstancias, en conformidad con el sentido 茅tico personal. 
Principio IV: La Integridad Profesional Del Periodista. El papel social del periodista exige que la profesi贸n mantenga los mayores niveles de integridad, incluyendo el derecho del periodista de rechazar aquel trabajo que vaya en contra de sus convicciones o de divulgar fuentes de la informaci贸n, as铆 como el derecho de participar en la toma de decisi贸n del medio en el cual est谩 empleado. La integridad de la profesi贸n no permite que el periodista acepte ninguna forma de soborno o ventaja de ninguna persona contrario al bienestar general. Asimismo pertenece a la 茅tica profesional el respeto a la propiedad intelectual y, concretamente, a rechazar el plagio. 
Principio V: Acceso p煤blico y Participaci贸n. La naturaleza de la profesi贸n exige que el periodista promueva el acceso del p煤blico a la informaci贸n y a la participaci贸n de 茅ste en los medios, incluyendo el derecho a la correcci贸n o a la rectificaci贸n y el derecho a la replica. 
Principal VI: Respeto a la intimidad y a la dignidad humana Una parte fundamental de los valores profesionales del periodista es el respeto al derecho del individuo a la intimidad y a la dignidad humana, en conformidad con las provisiones del derecho internacional y nacional referente a la protecci贸n de los derechos y de la reputaci贸n de otras, prohibiendo la difamaci贸n, la calumnia, el soborno y la difamaci贸n. 
Principal VII: Respeto por el inter茅s p煤blico. Los principios profesionales del periodista prescriben el respecto debido a la comunidad nacional, sus instituciones democr谩ticas y la moral p煤blica. 
Principal VIII: Respeto por los valores universales y la diversidad de culturas. Un periodista de verdad defiende los valores universales de la humanidad, sobretodo la paz, la democracia, los derechos humanos, el progreso social y la liberaci贸n nacional, mientras que respeta el car谩cter, el valor y la dignidad distintivos de cada cultura, as铆 como el derecho de cada persona a elegir y desarrollar libremente sus sistemas pol铆ticos, sociales, econ贸micos y culturales. As铆 el periodista participa activamente en la transformaci贸n social hacia la mejora democr谩tica de la sociedad y contribuye con el di谩logo a un clima de confianza en las relaciones internacionales que gu铆an hacia la paz y la justicia para todos, a la distensi贸n, al desarme y al desarrollo nacional. Pertenece a la 茅tica de la profesi贸n que los periodistas conozcan las disposiciones relevantes contenidas en convenciones, declaraciones y resoluciones internacionales. 
Principio IX: Eliminaci贸n de la guerra y de otros grandes males que enfrenta la humanidad. El compromiso 茅tico con los valores universales de la humanidad llama a que el periodista se abstenga de cualquier justificaci贸n para la incitaci贸n a las guerras de agresi贸n y a la carrera de armamento, especialmente en el caso de armas nucleares, y el resto de las dem谩s formas de violencia, odio o discriminaci贸n, especialmente el racismo y el apartheid, as铆 como la opresi贸n por reg铆menes tir谩nicos, el colonialismo y neo-colonialismo, y otros grandes males que afligen a la humanidad, tal como la pobreza, la desnutrici贸n y las enfermedades. Haciendo as铆, el periodista puede ayudar a eliminar la ignorancia y el desentendimiento entre la gente, hacer a los ciudadanos de un pa铆s sensibles ante las necesidades y deseos de otros, asegurar el respecto a los derechos y la dignidad de todas las naciones, de toda la gente y de todos los individuos sin la distinci贸n de raza, sexo, lengua, nacionalidad, religi贸n o convicci贸n filos贸fica. 
Principio X: Promoci贸n de un nuevo orden de informaci贸n y de comunicaci贸n mundial. El periodista funciona en el mundo contempor谩neo dentro del marco de movimiento hacia nuevas relaciones internacionales, en general, y un nuevo orden de informaci贸n en concreto. Este nuevo orden, entendido como la parte fundamental del nuevo orden econ贸mico internacional, se dirige a la descolonizaci贸n y la democratizaci贸n del campo de la informaci贸n y de la comunicaci贸n, nacional e internacionalmente, en base a la coexistencia pac铆fica entre la gente y con el respeto completo a su identidad cultural. El periodista tiene una obligaci贸n especial de promover el proceso de la democratizaci贸n de las relaciones internacionales en el campo de la informaci贸n, en concreto y sobre todo fomentando las relaciones pac铆ficas y amistosas entre los estados y la gente. 

FAPE FEDERACI脫N DE ASOCIACIONES DE PERIODISTAS DE ESPA脩A C脫DIGO DEONTOL脫GICO PRE脕MBULO. En el marco de las libertades civiles consagradas en la Constituci贸n, que constituyen la referencia necesaria para una sociedad plenamente democr谩tica, el ejercicio profesional del Periodismo representa un importante compromiso social, para que se haga realidad para todos los ciudadanos el libre y eficaz desarrollo de los derechos fundamentales sobre la libre informaci贸n y expresi贸n de las ideas. Como su sujeto e instrumento de la libertad de expresi贸n, los periodistas reconocen y garantizan que su ejercicio profesional es el cauce de manifestaci贸n de una opini贸n p煤blica libre dentro del pluralismo de un Estado democr谩tico y social de Derecho. 

 Pero los periodistas, tambi茅n, consideran que su ejercicio profesional en el uso y disfrute de sus derechos constitucionales a la libertad de expresi贸n y al derecho a la informaci贸n, est谩 sometido a los l铆mites que impidan la vulneraci贸n de otros derechos fundamentales. Por ello, a la hora de asumir estos compromisos, y como verdadera garant铆a que ofrece a la sociedad espa帽ola, a la que sirve, la profesi贸n period铆stica entiende que le corresponde mantener, colectiva e individualmente, una intachable conducta en cuanto se refiere a la 茅tica y la deontolog铆a de la informaci贸n. En este sentido, los periodistas, integrados en la Federaci贸n de Asociaciones de Periodistas de Espa帽a, se comprometen con la sociedad a mantener en el ejercicio de su profesi贸n los principios 茅ticos y deontol贸gicos que le son propios. En su virtud, la Asamblea General de la Federaci贸n de Asociaciones de Periodistas de Espa帽a promulga los siguientes principios y normas deontol贸gicas de la profesi贸n period铆stica: I PRINCIPIOS GENERALES El Periodista actuar谩 siempre manteniendo los principios de profesionalidad y 茅tica contenidos en el presente C贸digo Deontol贸gico, cuya aceptaci贸n expresa ser谩 condici贸n necesaria para su incorporaci贸n al Registro Profesional de Periodistas y a las Asociaciones de la Prensa federadas. Quienes con posterioridad a su incorporaci贸n al Registro y a la correspondiente Asociaci贸n act煤en de manera no compatible con estos principios, incurrir谩n en los supuestos que se contemplen en la correspondiente reglamentaci贸n. El primer compromiso 茅tico del periodista es el respeto a la verdad. De acuerdo con este deber, el periodista defender谩 siempre el principio de la libertad de investigar y de difundir con honestidad la informaci贸n y la libertad del comentario y la cr铆tica. Sin perjuicio de proteger el derecho de los ciudadanos a estar informados, el periodista respetara el derecho de las personas a su propia intimidad e imagen, teniendo presente que: Solo la defensa del inter茅s p煤blico justifica las intromisiones o indagaciones sobre la vida privada de una persona sin su previo consentimiento. En el tratamiento informativo de los asuntos en que medien elementos de dolor o aflicci贸n en las personas afectadas, el periodista evitar谩 la intromisi贸n gratuita y las especulaciones innecesarias sobre sus sentimientos y circunstancias. Las restricciones sobre intromisiones en la intimidad deber谩n observarse con especial cuidado cuando se trate de personas ingresadas en Centros hospitalarios o en instituciones similares. Se prestar谩 especial atenci贸n al tratamiento de asuntos que afecten a la infancia y a la juventud y se respetar谩 el derecho a la intimidad de los menores. El periodista debe asumir el principio de que toda persona es inocente mientras no se demuestre lo contrario y evitar al m谩ximo las posibles consecuencias da帽osas derivadas del cumplimiento de sus deberes informativos. Tales criterios son especialmente exigibles cuando la informaci贸n verse sobre temas sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia. El periodista deber谩 evitar nombrar en sus informaciones a los familiares y amigos de personas acusadas o condenadas por un delito, salvo que su menci贸n resulte necesaria para que la informaci贸n sea completa u equitativa. Se evitar谩 nombrar a las v铆ctimas de un delito, as铆 como la publicaci贸n de material que pueda contribuir a su identificaci贸n, actuando con especial diligencia cuando se trate de delitos contra la libertad sexual. Los criterios indicados en los dos principios anteriores se aplicar谩n con extremo rigor cuando la informaci贸n pueda afectar a menores de edad. En particular, el periodista deber谩 abstenerse de entrevistar, fotografiar o grabar a los menores de edad sobre temas relacionados con actividades delictivas o enmarcables en el 谩mbito de la privacidad. El periodista extremar谩 su celo profesional en el respeto a los derechos de los mas d茅biles y los discriminados. Por ello, debe mantener una especial sensibilidad en los casos de informaciones u opiniones de contenido eventualmente discriminatorio o susceptibles de incitar a la violencia o a pr谩cticas humanas degradantes. Debe, por ello, abstenerse de aludir, de modo despectivo o con prejuicios a la raza, color, religi贸n, origen social o sexo de una persona o cualquier enfermedad o minusval铆a f铆sica o mental que padezca. Debe tambi茅n abstenerse de publicar tales datos, salvo que guarden relaci贸n directa con la informaci贸n publicada. Debe, finalmente, y con car谩cter general, evitar expresiones o testimonios vejatorios o lesivos para la condici贸n personal de los individuos y su integridad f铆sica y moral. II ESTATUTO Para garantizar la necesaria independencia y equidad en el desempe帽o de su profesi贸n, el periodista deber谩 reclamar, para s铆 y para quienes trabajen a sus 贸rdenes: El derecho a unas dignas condiciones de trabajo, tanto en lo que se refiere a la retribuci贸n, como a las circunstancias materiales y profesionales en las que debe desempe帽ar su tarea. El deber y el derecho de oposici贸n a cualquier intento evidente de monopolio u oligopolio informativo, que pueda impedir el pluralismo social y poll铆tico. El deber y el derecho de participaci贸n en la empresa period铆stica, para que se garantice su libertad informativa de manera compatible con los derechos del medio informativo en que se exprese. El derecho a invocar la cl谩usula de conciencia, cuando el medio del que dependa pretenda una actitud moral que lesione su dignidad profesional o modifique sustantivamente la l铆nea editorial. El derecho y el deber a una informaci贸n profesional actualizada y completa. El periodista tiene derecho a ser amparado tanto en el marco de su propia empresa como por las organizaciones asociativas o institucionales, frente a quienes, mediante presiones de cualquier tipo, pretendan desviarle del marco de actuaci贸n fijado en el presente C贸digo Deontol贸gico. El secreto profesional es un derecho del periodista, a la vez que un deber que garantiza la confidencialidad de las fuentes de informaci贸n. Por tanto, el periodista garantizar谩 el derecho de sus fuentes informativas a permanecer en el anonimato, si as铆 ha sido solicitado. No obstante, tal deber profesional podr谩 ceder excepcionalmente en el supuesto de que conste fehacientemente que la fuente ha falseado de manera consciente la informaci贸n o cuando el revelar la fuente sea el 煤nico medio para evitar un da帽o grave e inminente a las personas. Corresponde al periodista vigilar escrupulosamente el cumplimiento por parte de las Administraciones P煤blicas de su obligaci贸n de transparencia informativa. En particular, defender谩 siempre el libre acceso a la informaci贸n proveniente o generada por aqu茅llas, a sus Archivos o Registros Administrativos. El periodista respetar谩 y har谩 respetar los derechos de autor que se derivan de toda actividad creativa. III PRINCIPIOS DE ACTUACI脫N El compromiso con la b煤squeda de la verdad llevar谩 siempre al periodista a informar s贸lo sobre hechos de los cuales conozca su origen, sin falsificar documentos ni omitir informaciones esenciales, as铆 como a no publicar material informativo falso, enga帽oso o deformado. En consecuencia: Deber谩 fundamentar las informaciones que difunda, lo que incluye el deber que contrastar las fuentes y el de dar la oportunidad a la persona afectada de ofrecer su propia versi贸n de los hechos. Advertida la difusi贸n de material falso, enga帽oso o deformado, estar谩 obligado a corregir el error sufrido con toda rapidez y con el mismo despliegue tipogr谩fico y/o audiovisual empleado para su difusi贸n. Asimismo difundir谩 a trav茅s de su medio una disculpa cuando as铆 proceda. Asimismo, y sin necesidad de que los afectados acudan a la v铆a judicial, deber谩 facilitar a las personas f铆sicas o jur铆dicas la adecuada oportunidad de replicar a las inexactitudes de forma an谩loga a la indicada en el p谩rrafo anterior. En el desempe帽o de sus obligaciones profesionales, el periodista deber谩 utilizar m茅todos dignos para obtener la informaci贸n, lo que excluye los procedimientos il铆citos. El periodista reconocer谩 y respetar谩 a las personas f铆sicas y jur铆dicas su derecho a no proporcionar informaci贸n, ni a responder a las preguntas que se les formulen, sin perjuicio del deber profesional de atender el derecho de los ciudadanos a la informaci贸n. Con las mismas excepciones previstas para el secreto profesional, el periodista respetar谩 el off the record cuando haya sido expresamente invocado o se deduzca que tal fue la voluntad del informante. El periodista establecer谩 siempre una clara e inequ铆voca distinci贸n entre los hechos que narra y lo que puedan ser opiniones, interpretaciones o conjeturas, aunque en el ejercicio de su actividad profesional no est谩 obligado a ser neutral. A fin de no inducir a error o confusi贸n de los usuarios, el periodista est谩 obligado a realizar una distinci贸n formal y rigurosa entre la informaci贸n y la publicidad. Por ello, se entiende 茅ticamente incompatible el ejercicio simultaneo de las profesiones period铆sticas y publicitarias. Igualmente, esta incompatibilidad se extender谩 a todas aquellas actividades relativas a la comunicaci贸n social que supongan un conflicto de intereses con el ejercicio de la profesi贸n period铆sticas y sus principios y normas deontol贸gicas. El periodista no aceptar谩, ni directa ni indirectamente, retribuciones o gratificaciones a terceros, por promover, orientar, influir o haber publicado informaciones u opiniones de cualquier naturaleza. El periodista no utilizar谩 nunca en beneficio propio las informaciones privilegiadas de las que haya tenido conocimiento como consecuencia del ejercicio profesional. En particular, el periodista que habitual u ocasionalmente informado sobre asuntos financieros estar谩 sujeto a las siguientes limitaciones: No podr谩 utilizar en su propio beneficio econ贸mico datos financieros de los que tenga conocimiento antes de su difusi贸n general, ni podr谩 tampoco transmitir tales datos a terceros. No podr谩 escribir sobre acciones o valores en los que tenga un inter茅s financiero significativo propio o de sus familiares. No podr谩 negociar de ning煤n modo acciones o valores, sobre los que tenga intenci贸n de escribir en un futuro pr贸ximo. 


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